III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Convenios. (BOE-A-2024-4323)
Resolución 420/38063/2024, de 28 de febrero, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con el Campus Internacional de Estudios Superiores, SL, para el desarrollo de programas de formación en empresa u organismo asociado.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 57

Martes 5 de marzo de 2024

Sec. III. Pág. 26636

Las garantías que, en orden a los datos personales, se establecen tendrán validez
durante la vigencia del presente convenio y de sus prórrogas.
Las partes se obligan y se comprometen a poner en marcha las medidas que
aseguren mantener durante la vigencia del presente convenio, así como tras su
finalización, el más riguroso secreto profesional y el carácter reservado y confidencial de
los datos e informaciones relativos a las partes y sus instalaciones, obligándose a
adoptar todas las medidas que sean necesarias con el objeto de dar cumplimiento a lo
establecido en esta cláusula.
Sexta. Medidas de salvaguarda de la seguridad, condiciones de acceso y permanencia
en instalación militar.
El interior de una instalación militar cuenta con diversas zonas de seguridad. Al Jefe
de la instalación le corresponde autorizar expresamente a qué zonas puede acceder el
personal civil; dicha autorización deberá seguir lo especificado en la normativa de
seguridad de las instalaciones y, en particular, lo detallado en el Plan de Seguridad de la
instalación militar. Por otra parte, el personal civil deberá seguir cuantas indicaciones le
sean requeridas en materia de seguridad.
Las partes se comprometen a adoptar medidas para limitar, por motivos de seguridad
y defensa nacional, el acceso a la información que pueda generarse en las actividades
objeto de este convenio. En este sentido, se respetará la normativa en vigor sobre
materias clasificadas, seguridad en la información y seguridad militar. En particular,
el CIES mantendrá estrictamente protegida y no divulgará a terceros la información y
documentación clasificada recibida de la otra parte e identificada como tal, ni la usará sin
autorización previa y escrita del MINISDEF. Dicha información se podrá utilizar
exclusivamente para los fines de este convenio.
Asimismo, en el supuesto de que el alumnado participante, u otro personal no militar,
haya de acceder a instalaciones del MINISDEF con motivo del desarrollo de las
actividades previstas en este convenio, no podrá introducir ni exhibir, en dichos recintos,
símbolos, distintivos, lemas impresos, etc. que, por su contenido, o por las circunstancias
en las que se muestren o usen, puedan menoscabar el principio de neutralidad
institucional o vulnerar las normas de seguridad aplicables. En caso de incumplimiento
de las condiciones de acceso y permanencia en las instalaciones militares, corresponde
al CIES poner en conocimiento del interesado ese incumplimiento y, en su caso, invitarle
a abandonar la correspondiente instalación militar.
El centro docente y la unidad, centro u organismo en el que se realicen las prácticas
cooperará para garantizar que el alumnado recibe la formación y la información
suficiente sobre los riesgos laborales que afectan a su actividad en la empresa y sobre
las medidas de prevención personal y colectiva, seguridad e higiene, actuación ante
emergencias, medidas medioambientales y equipos de protección individual que deberá
utilizar durante su estancia formativa y especialmente los relacionados con las
actividades del programa formativo que deba desarrollar.

Los representantes del MINISDEF en la Comisión Mixta velarán por que se dé
cumplimiento a lo dispuesto en la Instrucción 1/2022, de 12 de enero, de la
Subsecretaría de Defensa, que regula la actividad editorial en el ámbito del MINISDEF.
Para el uso, en su caso, de elementos de imagen institucional en publicaciones
derivadas de lo establecido en el convenio, dichos representantes solicitarán previamente
la conformidad de la Subdirección General de Publicaciones y Patrimonio Cultural.
Octava. Financiación y obligación de cotización a la Seguridad Social.
Las actividades a desarrollar por este convenio no implicarán ningún compromiso
financiero para el MINISDEF.

cve: BOE-A-2024-4323
Verificable en https://www.boe.es

Séptima. Actividad editorial.