II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2024-4320)
Resolución de 26 de febrero de 2024, de la Universidad de Oviedo, por la que se convoca proceso selectivo para la provisión, por el sistema general de acceso libre, de plazas de personal laboral con la categoría de Auxiliar de Servicios, Grupo IV.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 57

Martes 5 de marzo de 2024

Sec. II.B. Pág. 26606

En el supuesto de que alguno de los aspirantes con discapacidad que hubiera
accedido a través de este turno superase las pruebas pero no obtuviera plaza de las del
cupo reservado y su puntuación fuera superior a la obtenida por otros aspirantes del
turno ordinario, será incluido por su orden de puntuación entre los aspirantes de éste.
Séptima.

Comisión Calificadora.

Octava. Desarrollo de las pruebas y relación de aprobados.
8.1 Según lo dispuesto en la Resolución de 27 de julio de 2023, de la Secretaría de
Estado de Política Territorial y Función Pública, por la que se publica el resultado del sorteo
a que se refiere el Reglamento General de Ingreso del personal al servicio de la
Administración del Estado, el orden de actuación de los opositores se iniciará por aquellos
cuyo primer apellido comience por la letra «W». En el supuesto de que no existan
aspirantes cuyo primer apellido comience por la letra «W», el orden de actuación se iniciará
por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra «X», y así sucesivamente.

cve: BOE-A-2024-4320
Verificable en https://www.boe.es

7.1 La Comisión Calificadora de estas pruebas selectivas es la que figura como
anexo V de esta convocatoria.
7.2 Los miembros del tribunal y el Secretario deberán abstenerse de intervenir,
notificándolo al Rector de la Universidad, cuando concurran en ellos algunas de las
causas previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público.
El Presidente podrá solicitar de los miembros del tribunal declaración expresa de no
hallarse incursos en las circunstancias previstas en el párrafo anterior.
Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del tribunal, a tenor del
artículo 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
7.3 Previa convocatoria del Presidente, se constituirá la comisión con asistencia, al
menos, del Presidente, el Secretario y la mitad más uno de los vocales. Celebrará su
sesión de constitución en el plazo máximo de treinta días a partir de su designación.
7.4 A partir de su constitución, la comisión para actuar válidamente, requerirá la
presencia de la mayoría absoluta de sus miembros.
7.5 La comisión resolverá todas las dudas que pudieran surgir en aplicación de
estas normas, así como lo que se deba decidir en los casos no previstos.
El procedimiento de actuación de la comisión se ajustará en todo momento a lo
dispuesto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
7.6 La comisión practicará las actuaciones oportunas en orden a que los aspirantes
con discapacidad gocen de similares condiciones para la realización de los ejercicios que
el resto de los participantes. En este sentido, y cuando así se solicite se efectuarán las
adaptaciones posibles en tiempo y medios para su realización.
A tal efecto, la comisión podrá recabar informe y, en su caso, colaboración de los
servicios técnicos de la administración laboral, sanitaria o de los órganos competentes
de la consejería correspondiente del Principado de Asturias.
7.7 En ningún caso la comisión podrá aprobar ni declarar que han superado las
pruebas selectivas un número superior de aspirantes al de las plazas convocadas.
Cualquier propuesta de aprobados que contravenga lo establecido en este punto será
nula de pleno derecho.
7.8 La comisión podrá proponer al Rector la designación de asesores especialistas.
Dichos asesores se limitarán a informar sobre pruebas y méritos relativos a su
especialidad. El Presidente sólo votará en caso de empate.
7.9 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, la Comisión Calificadora
tendrá su sede en el Servicio de Gestión de Personal de la Universidad de Oviedo (plaza
de Riego, número 4-1.º) en la que los interesados podrán recibir información
administrativa sobre el desarrollo del proceso selectivo. No obstante, sólo tendrán
efectos jurídicos las comunicaciones remitidas por los medios de notificación y
publicación previstos en esta convocatoria.