I. Disposiciones generales. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN. Personas con discapacidad. (BOE-A-2024-4289)
Ley 1/2024, de 8 de febrero, de apoyo al proyecto de vida de las personas con discapacidad en Castilla y León.
20 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 57

Martes 5 de marzo de 2024
Artículo 4.

Sec. I. Pág. 26439

Definiciones.

a) Vida significativa o vida con sentido: El proceso de crecimiento personal, en
interacción con los demás, en el que la persona se dirige hacia la vida que quiere
desarrollar de acuerdo con sus valores.
b) Proyecto de vida: El conjunto de expectativas, acciones y decisiones que la
persona con discapacidad despliega a lo largo de su vida para alcanzar ciertas metas,
orientadas por valores personales y que, desde la base de la ética, la justicia y los
derechos humanos universales, sirven de guía para mantener la dirección que la
persona desea y tener una vida con significado. El proyecto de vida incluye tanto las
metas y acciones que la propia persona se propone y puede realizar por sí misma como
aquellas para las que precisaría apoyo por parte de otros.
c) Plan de apoyos: El instrumento de intervención de carácter técnico, que debe
figurar por escrito, y en el que se reflejan los apoyos que se van a proporcionar a las
personas con discapacidad para conseguir su desenvolvimiento en la cotidianidad y su
inclusión social, conforme a su proyecto de vida. Incluye tanto a los apoyos informales
del entorno familiar y social de la persona con discapacidad, como los apoyos existentes
en su comunidad y los apoyos proporcionados por los servicios sociales, en
coordinación, en su caso, con otros sistemas de bienestar social.
d) Apoyos: Las prestaciones de los sistemas de bienestar social, así como los
recursos y estrategias de carácter informal que se ponen a disposición de las personas
con discapacidad para desarrollar su proyecto de vida, de forma que se priorice aquellos
de ámbito comunitario.
e) Apoyos informales: Los recursos y estrategias, tanto de carácter material o
emocional, prestados por las personas que forman parte del grupo natural del entorno
cotidiano de la persona con discapacidad para apoyar el desarrollo de su proyecto de
vida, así como el que se presta por asociaciones de autoayuda y voluntariado.
f) Apoyos formales: Son aquellos prestados a las personas con discapacidad por
los profesionales a través de las prestaciones de los diferentes sistemas de bienestar
social, como son los servicios sociales, educación, sanidad, entre otros.
g) Apoyos de ámbito comunitario: Los proporcionados de carácter informal y/o
formal dirigidos a la población general, frente a aquellos que se prestan en un ámbito
institucional.
h) Grupo natural de apoyo: El conjunto de personas del entorno cotidiano de la
persona con discapacidad que son significativas y de su confianza, como pueden ser los
miembros de su familia, amigos o vecinos, entre otros, y que pueden proporcionan los
apoyos informales necesarios para contribuir al desarrollo de su proyecto de vida. Estas
personas configurarán la red natural de relaciones de la persona con discapacidad.
i) Cuidador: Es la persona que asume la responsabilidad del cuidado de la persona
con discapacidad en el domicilio, cuando lo precisa, pudiendo estar apoyada por otras
personas en el ejercicio de las funciones del cuidado. Dicha persona puede ser miembro
de la familia o de su entorno, sin vinculación con un servicio de atención
profesionalizada, y su atención se incluye dentro de los apoyos informales.
j) Transiciones del ciclo vital: El paso de una etapa a otra del ciclo vital de cada
persona con discapacidad, conforme a su función social y su proyecto de vida.
k) Transiciones vitales profundas: Situaciones en que las personas con
discapacidad deben reorganizar sustancialmente su vida para afrontar cambios y
situaciones traumáticas o con estrés crónico.
l) Entrenamiento para la vida independiente: Proceso de aprendizaje reconocido
socialmente, para el desarrollo de una vida independiente en la comunidad, con la
máxima autonomía posible, de las personas con discapacidad, con un sistema
diversificado de apoyos personalizado y flexible.
m) Valores: Aquellos aspectos de la esfera personal, familiar y social que son
realmente importantes y significativos para la persona con discapacidad y que implican

cve: BOE-A-2024-4289
Verificable en https://www.boe.es

A los efectos de esta ley, se entiende por: