III. Otras disposiciones. ADMINISTRACIÓN LOCAL. Bienes de interés cultural. (BOE-A-2024-4139)
Resolución de 15 de febrero de 2024, del Consejo Insular de Mallorca (Illes Balears), referente a la declaración como bien de interés cultural, con categoría de lugar de interés etnológico, del conjunto de los muelles de la Aduana y el conjunto de varaderos de Portocolom, en el término municipal de Felanitx.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 2 de marzo de 2024

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irán pintados en colores tradicionales, siempre respetando el criterio de que no haya dos
colores iguales en dos barracas contiguas.
La cubierta de los escars permite una lectura diferenciada y casi cronológica del
conjunto respecto al resto de zonas urbanizadas. En todos los casos, y principalmente
en aquellos en que la cubierta de los escars está a nivel de calle, la urbanización del
espacio público debe garantizar la lectura de los conjuntos de escars como unidad
independiente y reconocible respecto del resto de zona urbanizada. La cubierta de los
escars no debe quedar inmersa como parte de la pavimentación de la calle, sino que
debe seguir entendiéndose como una cubierta. Asimismo, no es admisible la colocación
de mobiliario urbano en las cubiertas de los escars.
Los conjuntos de barracas deben poder entenderse como elementos vinculados al
puerto y al mar y conservar su uso original. La utilización de estos elementos o de su
superficie de cubierta para usos privativos (terrazas, alquiler de embarcaciones…)
desvirtúa la lectura y contemplación del bien. Los escars, y sobre todo su cubierta, a
pesar de formar parte físicamente del conjunto del paseo, no deben entenderse ni
utilizarse como soporte de usos privativos y ajenos a su uso original que puedan interferir
en su lectura o contemplación.
Las intervenciones más modernas, que modificaron la configuración original de las
barracas (o de sus elementos externos), así como la introducción de materiales distintos
a los originales en sucesivas reparaciones, podrán ser objeto de estudio más específico
y, en su caso, de una intervención más profunda y reversión de las partes inapropiadas.
Las intervenciones que vayan más allá del simple mantenimiento, tendrán que contar
con la participación de un equipo interdisciplinario formado por técnicos competentes,
incorporando en cada caso especialistas en patrimonio histórico y etnológico y, según el
tipo de intervención, restauradores.
7.2 Medidas de protección y criterios de intervención en el muelle de sa Duana y
varadero de La Capella.
En cuanto al muelle de sa Duana y al varadero de La Capella, se debe garantizar su
conservación en su estado primigenio, admitiéndose tan solo aquellas obras que estén
encaminadas a su consolidación, conservación y restauración, y en casos
excepcionales, de recuperación de algunas de sus características originales.
Al igual que en el caso de las barracas, en el muelle de sa Aduana y en el varadero
de La Capella las intervenciones deberían ser las mínimas necesarias para la buena
conservación del elemento, se debe mantener la estructura tipológica, volumetría e
imagen. Se debe preservar la totalidad de los elementos que componen el muelle y los
varaderos (de sa Duana –incluido en el ámbito del muelle de sa Duana– y de la Capella),
incluidas las escaleras, rampas y empedrados. También se deben reintegrar los «norais»
o «moixes» de piedra que se retiraron y rehicieron las actuaciones aisladas.
Los criterios en estas intervenciones, se atenderán en el artículo 41 de la
Ley 12/1998 del Patrimonio Histórico de las Illes Balears. En general, será necesario
tener especial cuidado en mantener las técnicas constructivas y la tipología de
materiales tradicionales, hecho muy relevante en este caso ya que el valor del bien
radica, en buena medida, en los materiales y la técnica utilizada para su construcción. Se
evitará introducir elementos ajenos, como el hormigón.
Cualquier intervención en la zona del muelle de sa Duana y del varadero de La
Capella, tanto en su volumen como en el adoquinado superficial debe realizarse desde la
conservación integral del sistema constructivo original a base del encaje de piedras bien
trabajadas por los maestros «margers» y el uso de morteros tradicionales. Las
reparaciones tendrán que llevarse a cabo siguiendo la misma técnica constructiva
original.
Se deben utilizar morteros tradicionales y las juntas del adoquinado deben respetar
la junta natural de la piedra y deben ir ligeramente rebajadas para resaltar la textura de
las piedras.

cve: BOE-A-2024-4139
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Núm. 55