III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE IGUALDAD. Subvenciones. (BOE-A-2024-4060)
Orden IGD/183/2024, de 28 de febrero, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas destinadas a proyectos de apoyo a mujeres y niñas víctimas de trata de seres humanos con fines de explotación sexual y sus hijos e hijas menores de edad o con discapacidad.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 54

Viernes 1 de marzo de 2024

Sec. III. Pág. 25102

subvención 3 tiene como objetivos específicos «Detectar, proteger y atender a posibles
víctimas de trata con fines de explotación sexual y sus hijos e hijas» y prevé como
primera medida en su Plan de acción «Finalizar la tramitación de una nueva orden de
bases reguladoras: a lo largo de 2023».
La orden ministerial se adecúa a los principios de buena regulación establecidos en
el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y, en particular, a los principios de
necesidad y eficacia, justificada por razones de interés general, como es la concesión de
subvenciones públicas destinadas a proyectos de apoyo a mujeres y niñas víctimas de
trata de seres humanos con fines de explotación sexual y sus hijos e hijas menores de
edad o con discapacidad.
Esta orden ministerial se adecúa igualmente a los principios de eficiencia,
trasparencia, seguridad jurídica y proporcionalidad, recogidos en el artículo 129 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre. En relación a los principios de eficiencia y transparencia,
la norma resulta el instrumento más indicado para los intereses que se persiguen y
quedan claros sus objetivos.
Por último, en relación a los principios de seguridad jurídica y proporcionalidad, esta
norma es coherente con el ordenamiento jurídico y contiene la regulación y obligaciones
necesarias que exige la normativa sobre subvenciones.
Así, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17 de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones, y en su Reglamento de desarrollo, aprobado por
Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, así como de acuerdo con los principios
establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, procede aprobar las bases reguladoras
para la concesión de subvenciones públicas destinadas a proyectos de apoyo a mujeres
y niñas víctimas de trata de seres humanos con fines de explotación sexual y sus hijos e
hijas menores de edad o con discapacidad.
Esta orden ha sido informada por la Abogacía del Estado y la Intervención Delegada
en el Ministerio de Igualdad, así como por el Ministerio de Política Territorial, ahora
Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática.
En su virtud, con la aprobación previa del Ministro para la Transformación Digital y de
la Función Pública, dispongo:
Artículo 1.

Objeto.

Esta orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras para la concesión de
subvenciones públicas destinadas a proyectos de apoyo a mujeres y niñas víctimas de
trata de seres humanos con fines de explotación sexual y sus hijos e hijas menores de
edad o con discapacidad, cualquiera que sea su origen, edad o situación administrativa.
Régimen jurídico aplicable.

1. Las ayudas que se regulan en esta orden se regirán, además de por lo previsto
en ella, por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y su
Reglamento de desarrollo, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, así como
por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas y la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público.
2. En relación con los proyectos que incluyan actuaciones dirigidas a mujeres
menores de edad víctimas de trata con fines de explotación sexual, se estará a lo
dispuesto en la normativa vigente y, en particular, en el artículo 146 del Reglamento de la
Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en
España y su integración social, aprobado por el Real Decreto 557/2011, de 20 de abril;
así como a lo previsto en el Protocolo Marco de Protección de Víctimas de Trata de
Seres Humanos aprobado por Acuerdo de 28 de octubre de 2011 y en el Documento de
Actuaciones para la detección y atención a víctimas de trata menores de edad acordado
por el Pleno del Observatorio de Infancia el 1 de diciembre de 2017.

cve: BOE-A-2024-4060
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Artículo 2.