I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE HACIENDA. Control tributario y aduanero. (BOE-A-2024-3876)
Resolución de 21 de febrero de 2024, de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se aprueban las directrices generales del Plan Anual de Control Tributario y Aduanero de 2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 53

Jueves 29 de febrero de 2024

Sec. I. Pág. 24308

El contenido de los mencionados registros se informará a través de la Declaración
informativa sobre pagos transfronterizos, cuyo modelo se ha aprobado por la Orden
HFP/1415/2023, de 28 de diciembre, por la que se aprueba el modelo 379 «Declaración
informativa sobre pagos transfronterizos» y se determina la forma y procedimiento para
su presentación.
4.

Prevención en materia de Aduanas e Impuestos Especiales.

Durante el año 2024 se continuará trabajando en la mejora de la coordinación con el
resto de autoridades afectadas en las operaciones de comercio exterior y se
desarrollarán puntos únicos de entrada de nuevos certificados, facilitando el
cumplimiento voluntario, anticipando el control y reduciendo en gran parte los costes del
despacho de mercancías.
En el contexto actual existe especial preocupación por el cumplimiento del marco de
sanciones internacionales impuestas por la Unión Europea, en particular por las
derivadas de la situación en Ucrania, con una intensísima actividad legislativa a nivel de
la Unión Europea, con un nivel de exigencia cada vez mayor en lo que se refiere a las
actividades de importación y exportación y la labor de las aduanas inherente a las
mismas. Es necesario un proceso de tratamiento de toda la información disponible, en
sus diferentes fuentes nacionales y a nivel de la Unión Europea, para seguir reforzando
el sistema de análisis de riesgo en una materia tan sensible.
Junto a los esfuerzos en el campo de los controles no financieros bajo
responsabilidad de la aduana, en el ámbito estrictamente financiero, durante el año 2024
continuará la mejora del sistema de análisis de riesgos a fin de concentrar los controles
en recinto en las operaciones más sospechosas o de más difícil control a posteriori.
En el ámbito preventivo, la Intervención de Impuestos Especiales controlará de forma
específica los movimientos de productos en fábricas, depósitos fiscales y almacenes
fiscales, en relación con los Impuestos Especiales de Fabricación. Se prestará también
atención al posible uso de estos establecimientos en operaciones de fraude en distintas
figuras impositivas, en particular el IVA.
En el ámbito del Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte, se
tratará de anticipar el control al momento mismo de la matriculación, en coordinación con
otras áreas de la Agencia, en especial en el contexto de tramas organizadas.
5.

Fomento de la educación cívico-tributaria.

La Agencia Tributaria considera que uno de los puntos de partida para el fomento del
cumplimiento voluntario de las obligaciones tributarias y la lucha contra el fraude ha de
ser la educación cívico-tributaria, en el convencimiento de que puede servir para incidir
en el comportamiento tributario de los futuros contribuyentes. Así, se impulsarán las
acciones formativas desarrolladas tanto en los centros escolares como en los
universitarios, con el objeto de fomentar un mejor entendimiento de la necesidad de que
toda la sociedad contribuya al sostenimiento del bien común, favoreciendo el desarrollo
de nuevos materiales que ayuden en esta tarea.
Simplificación del lenguaje en documentos administrativos.

Para facilitar el cumplimiento voluntario de las obligaciones tributarias, se va a
continuar realizando una simplificación del literal de los documentos emitidos con más
frecuencia por la Agencia Tributaria y que más incidencia tienen en los destinatarios, de
manera que aquellos sean más comprensibles y accesibles para los obligados
tributarios.
En concreto, en 2023 se impulsó la simplificación de los documentos de
representación de mayor uso en la Agencia Tributaria. Asimismo, se inició el proceso de
simplificación de los documentos relativos a las actuaciones de control del IRPF, que
saldrán a la luz en la próxima campaña del IRPF que se desarrollará en 2024, relativa al
ejercicio 2023.

cve: BOE-A-2024-3876
Verificable en https://www.boe.es

6.