I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE HACIENDA. Control tributario y aduanero. (BOE-A-2024-3876)
Resolución de 21 de febrero de 2024, de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se aprueban las directrices generales del Plan Anual de Control Tributario y Aduanero de 2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 29 de febrero de 2024

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medidas derivadas de los trabajos del proyecto BEPS que requieren la modificación de
convenios internacionales.
Las actuaciones de comprobación velarán por la aplicación efectiva de dichas
normas cuando la mera existencia de las mismas no haya sido suficiente para eliminar
las conductas elusivas.
La internacionalización e integración de la actividad económica a nivel mundial,
acentuada por el desarrollo de la digitalización de la economía, han dado lugar a que las
operaciones vinculadas internacionales tengan una importancia sustancial en la
economía actual. Ello unido al riesgo fiscal inherente a este tipo de operaciones hace
que constituyan nuevamente un ámbito prioritario entre las actuaciones inspectoras
en 2024.
La Agencia Tributaria ha venido intensificando progresivamente su actividad de
gestión y control sobre los precios de transferencia de grupos multinacionales en los
últimos años, desarrollando un número importante de comprobaciones inspectoras,
incluyendo controles realizados simultáneamente con otras Administraciones tributarias,
así como procedimientos amistosos de resolución de controversias y acuerdos previos
de valoración que inciden en este ámbito.
Cada uno de estos procedimientos tiene sus propios objetivos y cauces de
desarrollo, si bien, desde la perspectiva del contribuyente, todos ellos inciden sobre la
misma realidad que, en suma, no es otra que su política de precios de transferencia.
Por ello, con base en la experiencia y madurez adquirida en materia de precios de
transferencia y operaciones transnacionales, la Agencia Tributaria despliega actualmente
su actividad en todos estos procedimientos en el marco de una estrategia común,
denominada estrategia 360.º en precios de transferencia que, para un contribuyente
concreto, interrelaciona los distintos procedimientos que pueden afectar a sus
operaciones vinculadas, y tiene como fin último evitar las controversias que pueden
surgir en esta materia, asegurando el cumplimiento tributario en lo que se refiere a su
política de precios de transferencia, de forma que esta se ajuste al principio de libre
competencia.
En el centro de esta estrategia se sitúa el sistema automatizado de análisis de
riesgos en precios de transferencia, que está basado en todo el conjunto de información
disponible sobre operaciones vinculadas con el que actualmente cuenta la
Administración tributaria, haciendo un uso efectivo tanto del conjunto de información
obtenida internamente como de la derivada del intercambio de información internacional.
También en el ámbito del análisis de riesgos de multinacionales, se continuará con la
participación en el programa de valoración multilateral del riesgo realizada en el marco
del programa ICAP (International Compliance Assurance Programme) y de la iniciativa
europea equivalente (European Trust and Cooperation Approach - ETACA), así como
con el examen de los informes de transparencia previstos en el Código de Buenas
Prácticas Tributarias.
Asimismo, mantienen su importancia estratégica para mejorar la neutralidad
impositiva internacional los Procedimientos Amistosos (MAP), que siguen
manifestándose como un mecanismo eficiente de solución de conflictos entre dos
Administraciones tributarias cuando la actuación de una, o de ambas, pueda producir
una doble imposición no conforme con el convenio fiscal suscrito entre ambos Estados.
Y, en el ámbito de la prevención, se prevé continuar con la política de fomento de los
acuerdos previos de valoración en materia de precios de transferencia, para dar
certidumbre a las relaciones jurídico-tributarias internacionales evitando costosas
actuaciones inspectoras y futuras controversias, no sólo con los contribuyentes en sede
de Tribunales, sino también con las Administraciones de otros países, garantizando así
una tributación acorde con el principio de libre competencia.
Los ámbitos que, por su importancia relativa o su riesgo fiscal, continuarán siendo
destacados en 2024 en precios de transferencia son: las reestructuraciones
empresariales, la valoración de transmisiones o cesiones intragrupo de distintos activos,
señaladamente los intangibles, la deducción de partidas que pueden erosionar

cve: BOE-A-2024-3876
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Núm. 53