III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Convenios. (BOE-A-2024-3870)
Resolución de 20 de febrero de 2024, de la Secretaría General de Inclusión, por la que se publica la Adenda al Convenio con la Fundació Catalana de l'Esplai, para la realización de un proyecto para la inclusión social en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
8 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 28 de febrero de 2024

Sec. III. Pág. 24283

una relación estrecha con los centros y los estudiantes, ambos muy importantes a
la hora de conseguir una alta participación, y que podría ser que los alumnos no
tuvieran tanto interés en la mentoría tan avanzado el curso.
Si el número de participantes es demasiado reducido, o si no se consiguen
suficientes mentores para todos, se realizará un segundo análisis en el que se
compararán los alumnos de los grupos de tratamiento que tienen un mentor
voluntario con los que reciben acompañamiento de una técnica educativa
profesional, siendo estos grupos de igual dimensión. Para hacer posible este
análisis se asignarán mentores y técnicas educativas de forma aleatoria entre
parejas de mentorados lo más parecidas posibles.
En cuanto al estudio planteado con el alumnado de la promoción 2023-24, al
estar comparando alumnos con y sin mentoría a nivel individual, se pueden
obtener resultados significativos con una cohorte de 300 alumnos. Según el
número de alumnos interesados en la mentoría y el número de mentores
disponibles, se podrá realizar el estudio con los grupos control y de tratamiento
más o menos equilibrados en cuanto al número de alumnos por grupo.»
h) El contenido del apartado 10 (Principales variables que se utilizarán para medir
el resultado y diferencia esperada en estas variables entre el/los grupo/s de tratamiento y
el de control) del anexo I «Descripción del proyecto objeto de la subvención», queda
redactado del modo siguiente:
«Los resultados sobre los que el programa pretende generar un impacto y los
indicadores con los que proponemos medirlos son los siguientes:
En el estudio con la promoción 2022-23:
– Presentación a las pruebas de evaluación para el acceso a la universidad
(Registro de las pruebas de acceso a la universidad de las Comunidades
Autónomas).
– Superación de las pruebas de evaluación para el acceso a la universidad
(EvAU) (Registro de las pruebas de acceso a la universidad de las Comunidades
Autónomas).
– Matriculación en el primer curso de grado de la universidad (SIIU (Sistema
Integrado de Información Universitaria), Ministerio de Universidades).
– Abandono en el primer curso de universidad (SIIU (Sistema Integrado de
Información Universitaria), Ministerio de Universidades).
En el estudio con la promoción 2023-24:
– Mejora de expectativas en relación a la universidad.
– Mejor rendimiento académico.»
i) El contenido del primer párrafo del apartado 11 (Principales variables que se
utilizarán para medir la puesta en práctica del tratamiento) del anexo I «Descripción del
proyecto objeto de la subvención», queda sustituido por la siguiente redacción:
«La evaluación de la implementación en el estudio de la promoción 2022-23 se
basará en el seguimiento de los siguientes indicadores:»
j) Se añade un último párrafo en el apartado 11 (Principales variables que se
utilizarán para medir la puesta en práctica del tratamiento) del anexo I «Descripción del
proyecto objeto de la subvención»:
«En el estudio con la promoción 2023-24, se podrán utilizar los mismos
indicadores, exceptuando el de solicitudes de becas universitarias tramitadas.»

cve: BOE-A-2024-3870
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 52