III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2024-3854)
Resolución de 16 de febrero de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el III Convenio colectivo de Telefónica de España, SAU; Telefónica Móviles España, SAU y Telefónica Soluciones de Informática y Comunicaciones, SAU.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 52

Miércoles 28 de febrero de 2024

Sec. III. Pág. 23935

Artículo 152.
La condición de persona trabajadora es incompatible, sin previa autorización expresa
de la Dirección de la Empresa, con el ejercicio de toda actividad propia o al servicio de
terceros que se desarrolle dentro del horario de trabajo fijado o produzca disminución en
el rendimiento de la persona trabajadora.
En ningún caso se autorizará la compatibilidad con trabajos o desempeño de cargos
en entidades que fabriquen materiales de telecomunicación, exploten servicios de dicha
especialidad o tengan contratadas con las Empresas la prestación de algún servicio de
cualquier clase.
La falta de solicitud previa y de autorización, en su caso, será considerada como falta
muy grave. La misma calificación merecerá conceder o apoyar la concesión de contratas
con las Empresas, de la clase que fueran, al cónyuge, pareja de hecho o pariente por
consanguinidad o afinidad hasta el cuarto grado por sí o mediante tercero interpuesto, de
la persona trabajadora con facultades para conceder, decidir o influir en lo más mínimo
con su opinión en las expresadas concesiones.
Sección 2.ª

Premios

Artículo 153.
Con el fin de recompensar la conducta, rendimiento, laboriosidad y cualidades
sobresalientes del personal, se establecen, los siguientes premios, así como las
circunstancias que dan lugar a su concesión:
Actos heroicos: Se considerarán actos heroicos los que con grave riesgo de su vida o
integridad personal, realice un empleado con el fin de evitar un accidente o siniestro, o
reducir sus proporciones.
Actos meritorios: Se califican de meritorios aquellos actos cuya realización no exige
grave riesgo de la vida o integridad corporal de la persona trabajadora, pero suponen un
destacado afán de superación o un celo extraordinario en el cumplimiento de los
cometidos asignados, por encima en todo caso de los deberes reglamentarios.
Conducta ejemplar: Se estimará la existencia de conducta ejemplar en aquella
persona trabajadora que haya sido premiado dos veces por actos heroicos o tres por
actos meritorios, sin haber sido sancionado por falta grave o muy grave.
En la calificación de los actos heroicos y meritorios, se tendrá en cuenta, a la hora de
fijar los premios correspondientes, como circunstancias que aumentan los merecimientos
de la persona trabajadora, el no hallarse de servicio o no estar obligado a intervenir, así
como la falta de medios adecuados o cualquier otra circunstancia análoga.
Artículo 154.
Los premios por actos heroicos podrán consistir en:

a) Aumento del nivel salarial en su mismo Puesto de Profesional de la persona
trabajadora dentro de su propio Grupo Profesional.
b) Recompensa dineraria de cuantía entre los 601 euros y los 12.020 euros.
c) Aumento del período anual de vacaciones desde la mitad hasta el cien por cien
más de su duración.
d) Becas y viajes de perfeccionamiento o estudios.
2.

Los premios que podrán concederse por actos meritorios son:

a) Aumento de las vacaciones anuales hasta la mitad más de su duración.
b) Becas o viajes de perfeccionamiento o estudios.
c) Recompensas dinerarias de cuantía comprendida entre 60 euros y 601 euros.
d) Carta laudatoria.

cve: BOE-A-2024-3854
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