III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2024-3854)
Resolución de 16 de febrero de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el III Convenio colectivo de Telefónica de España, SAU; Telefónica Móviles España, SAU y Telefónica Soluciones de Informática y Comunicaciones, SAU.
204 páginas totales
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 52

Miércoles 28 de febrero de 2024

Sec. III. Pág. 23901

Compensación por estar localizable
y disponible

Euros

Duración de la situación de disponibilidad

Semana completa (disponible durante toda la semana durante 8 horas diarias en los días laborables y el fin de
semana durante las 24 horas).

213

– Plus de actuación:

Tiempo de trabajo
efectivo hasta dos
horas

Euros

Tiempo de trabajo
efectivo hasta tres
horas

Euros

Tiempo de trabajo efectivo a
partir de tres horas

Euros

Nivel 1: Titulados Superiores/ Técnicos Superiores y Master.

56

65

121

Nivel 2: Titulados Medios/ Técnicos Medios y Grado.

52

60

109

Nivel 3: Encargados de Operación. Encargados de Gestión.

44

52

97

Nivel 4: Operador de Comunicaciones. Asesor Comercial.
Delineantes.
Operadores Audiovisuales.

38

45

85

Nivel 5: Soporte Operativo.
Administrativo.

32

38

73

Grupo Profesional/Puesto

La cuantía de este plus por actuación está en relación con el tiempo de trabajo
efectivo realizado durante cada día en que la persona trabajadora está disponible.
Para calcular la duración de la actuación se tendrá en cuenta el tiempo efectivamente
trabajado, ya sea en su centro de trabajo o en lugar donde deba realizar la actividad que
ha motivado dicha actuación. Cuando la actuación no se realice en remoto se computará
también a estos efectos el tiempo invertido en los desplazamientos desde el centro de
trabajo habitual.
En caso de ser requerido para actuación, estas cantidades compensarán el tiempo
de desplazamiento y de trabajo efectivo que se realice con este motivo.
En los supuestos en que la actuación sea superior a 4 horas además de abonar a la
persona trabajadora los pluses de localización y actuación se compensarán con un día
de libranza.
Para la percepción de las cuantías del módulo siguiente, será precisa que la
actuación se extienda como mínimo 15 minutos en dicho tramo.
Con carácter general las disponibilidades tendrán carácter rotativo, siendo el tiempo
máximo que la persona trabajadora pueda ser designada en situación de disponibilidad
necesaria una semana de cada cuatro y, que el tiempo máximo de horas por actuación,
no supere las diez horas en total en la semana, no computando las actuaciones

cve: BOE-A-2024-3854
Verificable en https://www.boe.es

Cuando la persona trabajadora que se encuentre en situación de disponibilidad sea
requerida para intervenir, le será abonado, además del Plus de localización contemplado
en el punto anterior, un Plus por actuación que compensa el tiempo de trabajo
efectivamente realizado durante el día en que la persona trabajadora está disponible. En
Operaciones cuando la actuación requiera desplazamiento al centro de trabajo o a otro
lugar para la actuación no se aplicará el tramo de dos horas que a continuación se
refiere.
Las cuantías del plus por actuación varían en función del Grupo Profesional/Puesto
Profesional al que pertenece la persona trabajadora, del área de actividad y del tiempo
de trabajo efectivo, de acuerdo con la siguiente tabla que se aplicará durante toda la
vigencia del convenio: