III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2024-3854)
Resolución de 16 de febrero de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el III Convenio colectivo de Telefónica de España, SAU; Telefónica Móviles España, SAU y Telefónica Soluciones de Informática y Comunicaciones, SAU.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 52

Miércoles 28 de febrero de 2024

Sec. III. Pág. 23873

– Aquellas actividades para el correcto funcionamiento de la climatización de
edificios, de las instalaciones eléctricas de los inmuebles, las precisas para la reparación,
limpieza y pequeñas obras o cambios en las instalaciones de fontanería y aquellas otras
referentes al resto de profesiones de mantenimiento no incluidas en las anteriores. Las
funciones anteriores se realizarán de acuerdo con la especialidad reconocida en el
puesto profesional de procedencia como Operador de Mantenimiento de Edificios.
– Conducción de vehículos para las tareas encomendadas, ya sean estos propiedad
de la Empresa o que ésta ponga a disposición de la persona trabajadora.
– Cumplir la normativa de seguridad y salud laboral en la realización de los trabajos,
con el fin de contribuir a garantizar su cumplimiento.
– Cumplir con los estándares de calidad con el fin contribuir a lograr la máxima
satisfacción del cliente.
– Realizar los trabajos administrativos y/o complementarios necesarios para la
correcta finalización de los procesos operativos y de gestión, utilizando para ello los
medios adecuados, incluidos los informáticos.
Operador Audiovisual.
Funciones:
Desarrollan un conjunto de actividades que, por analogía, son asimilables a las que
se relacionan a continuación a título indicativo:
– Realizar las tareas especializadas de desarrollo, diseño o maquetación Web en su
área.
– Administrar las aplicaciones, definiendo y asignando usuarios, perfiles, grupos, y
otras actividades de carácter similar a éstas.
– Controlar el servicio de incidencias de usuario/cliente.
– Realizar el seguimiento de la disponibilidad del servicio.
– Cumplir la normativa de seguridad y salud laboral en la realización de los trabajos,
con el fin de contribuir a garantizar su cumplimiento.
– Cumplir con los estándares de calidad con el fin contribuir a lograr la máxima
satisfacción del cliente.
– Realizar los trabajos administrativos y/o complementarios necesarios para la
correcta finalización de los procesos operativos y de gestión, utilizando para ello los
medios adecuados, incluidos los informáticos.
Delineante.
Funciones:

– Elaboración de proyectos técnicos, tareas de diseño de la red y sus elementos
auxiliares, así como de las tareas asociadas a las mismas (mediciones, planos,
presupuestos, reproducciones...) a proyectos técnicos que puedan o no formar parte de
un proyecto genérico.
– Colaboración en todas aquellas actividades gráficas que le sean requeridas.
– Diseño de Actuaciones de Planta Exterior.
– Todas las funciones reseñadas anteriormente se realizarán con los medios y
aplicaciones informáticas precisas que se determines en cada momento.
– Cumplir la normativa de seguridad y salud laboral en la realización de los trabajos,
con el fin de contribuir a garantizar su cumplimiento.
– Cumplir con los estándares de calidad con el fin contribuir a lograr la máxima
satisfacción del cliente.

cve: BOE-A-2024-3854
Verificable en https://www.boe.es

Desarrollan un conjunto de actividades que, por analogía, son asimilables a las que
se relacionan a continuación a título indicativo: