III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2024-3854)
Resolución de 16 de febrero de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el III Convenio colectivo de Telefónica de España, SAU; Telefónica Móviles España, SAU y Telefónica Soluciones de Informática y Comunicaciones, SAU.
204 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 52

Miércoles 28 de febrero de 2024

Sec. III. Pág. 23871

– Supervisar los trabajos y actividades realizadas por el grupo a su cargo, así como
coordinarlas con otros departamentos, unidades o de contratas que intervengan con el
fin de garantizar la correcta ejecución de los trabajos y la optimización de los recursos.
– Gestionar los medios materiales precisos para el desarrollo de sus actividades,
mediante requisición o adquisición directa.
– Supervisar los partes y albaranes de los trabajos realizados y materiales
suministrados por Empresas contratadas y proveedores.
– Participar en situaciones de emergencia de acuerdo con las normas y
procedimientos vigentes en cada circunstancia y caso.
– Cumplir la normativa de seguridad y salud laboral en la realización de los trabajos,
con el fin de contribuir a garantizar su cumplimiento.
– Cumplir con los estándares de calidad con el fin contribuir a lograr la máxima
satisfacción del cliente.
– Realizar las actividades complementarias necesarias para la correcta finalización
de los procesos operativos, de gestión y administrativos que le son encomendados,
utilizando los medios más adecuados, incluidos los informáticos.
Grupo IV: Operación.
Misión:
Realizar actividades operativas y especializadas de los procesos de operación,
ejecución, provisión, mantenimiento e inventariado de planta, red y sistemas, así como la
operación de sistemas y equipos relativos a la informática de gestión y control de los
procesos informáticos, conforme a los procedimientos establecidos y a las directrices del
superior con el fin de garantizar la resolución de las incidencias y alarmas, procurar la
disponibilidad de los equipos y sistemas, así como proporcionar un soporte operativo
eficaz para el desarrollo de los diferentes procesos, asegurando el cumplimiento de los
acuerdos de servicio para los clientes.
Engloba actividades sujetas a instrucciones y procedimientos específicos con un
grado de actividad especializada, y autonomía y responsabilidad correspondiente a su
puesto.
Puestos Profesionales que lo integran:
Operador de Comunicaciones.
Funciones:

– Realización de tareas de mantenimiento (análisis, diagnóstico, valoración,
resolución y franqueo de las incidencias y alarmas en la red de infraestructuras o
clientes) y/o instalación de planta, red y sistemas con el fin de contribuir al óptimo
funcionamiento de las mismas, así como las actividades relacionadas con la asignación
de recursos para red y cliente asegurando su ejecución en las mejores condiciones de
calidad, seguridad y productividad y utilizando para ello las herramientas necesarias para
la finalización de los mismos.
– Realización de las tareas relacionadas con la provisión y mantenimiento de los
circuitos, equipos y servicios en todas sus fases, desde repartidor/central, hasta el
domicilio de cliente y con independencia del portador de radio, cobre, fibra (FTTH) o
cualquier otro que pueda desarrollarse en el futuro.
– Realización de tareas operativas de apoyo a otros grupos y contratas y de
comprobación de los trabajos realizados por las mismas, con el fin de asegurar un
soporte operativo eficaz y un servicio al cliente con las máximas garantías de calidad.
– En el área de actividad de planta (externa e interna), realizar los trabajos
necesarios para la puesta en servicio de los elementos de red (montaje nodos JDS;

cve: BOE-A-2024-3854
Verificable en https://www.boe.es

Desarrollan un conjunto de actividades que, por analogía, son asimilables a las que
se relacionan a continuación a título indicativo: