III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2024-3854)
Resolución de 16 de febrero de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el III Convenio colectivo de Telefónica de España, SAU; Telefónica Móviles España, SAU y Telefónica Soluciones de Informática y Comunicaciones, SAU.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 52

Miércoles 28 de febrero de 2024

Sec. III. Pág. 23870

realizar la distribución y asignación de actividades, con el fin de optimizar la asignación
de recursos a los trabajos a realizar.
– Administrar, gestionar y controlar los sistemas de supervisión y pruebas, provisión
y registro de inventario de planta, así como de las averías de planta o instalaciones de
clientes.
– Atender reclamaciones tanto de clientes como de terceros que intervengan en todo
aquello que afecte a la actividad y la planta a su cargo.
– Realizar el control de calidad de los trabajos realizados, con el fin de garantizar
que se ejecutan correctamente y cumplen con los niveles exigidos.
– Proporcionar asesoramiento técnico al grupo operativo, con el fin de proporcionar
un soporte eficaz en la realización de los trabajos.
– Realizar trabajos complementarios y de apoyo para el diseño de proyectos y
OCRA.s, TLC´s, TRD´s, etc. mediante las oportunas visitas a la zona de trabajo, la
identificación de los elementos de planta necesarios (poste, caja terminal, cable etc.) y el
dibujo de croquis con propuesta de trazado, realizando las mediciones oportunas así
como la obtención de los permisos necesarios y la asignación del personal cuando
proceda.
– Conducción de vehículos para las tareas encomendadas, ya sean estos propiedad
de la Empresa o que ésta ponga a disposición del trabajador.
– Cumplir la normativa de seguridad y salud laboral en la realización de los trabajos,
con el fin de contribuir a garantizar su cumplimiento.
– Cumplir con los estándares de calidad con el fin contribuir a lograr la máxima
satisfacción del cliente.
– Realizar los trabajos administrativos y/o complementarios necesarios para la
correcta finalización de los procesos operativos y de gestión, utilizando para ello los
medios adecuados, incluidos los informáticos.
Encargados de Gestión.
Funciones:

– Realizar y controlar el desarrollo de los procesos administrativos y de soporte
asignados, con el fin de proporcionar un soporte eficaz al área en el que se encuadra.
– Realizar el control de calidad de los trabajos realizados, con el fin de garantizar
que se ejecutan correctamente y cumplen con los niveles exigidos.
– Realizar la distribución y asignación de actividades y turnos, así como proporcionar
asesoramiento al grupo que coordina, con el fin de prestar un soporte eficaz en la
ejecución de las actividades.
– Realizar informes, estudios y análisis con el fin de proporcionar una información
útil para la toma de decisiones del negocio.
– Participar en la recepción de las obras e instalaciones terminadas, colaborando en
la formalización del acta de aceptación, advirtiendo los reparos pertinentes para
supervisar y controlar su posterior corrección.
– Integrar las obras aceptadas en los inmuebles e instalaciones preexistentes
incorporándolas al conjunto de actividades de operación y conservación, ajustando los
recursos propios o contratados según proceda.
– Recibir, analizar y canalizar los avisos de averías y reclamaciones efectuados por
usuarios y/o vecindad, respecto de los edificios y sus instalaciones, ejecutando las
acciones que procedan de acuerdo con su competencia.
– Distribuir los trabajos de mantenimiento preventivo y/o correctivo de la planta
inmobiliaria encomendada entre el personal a su cargo.

cve: BOE-A-2024-3854
Verificable en https://www.boe.es

Desarrollan un conjunto de actividades que, por analogía, son asimilables a las que
se relacionan a continuación a título indicativo: