III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2024-3852)
Resolución de 16 de febrero de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de Swissport Handling, SA.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 28 de febrero de 2024
Disposición adicional segunda.

Sec. III. Pág. 23770

Revisión salarial.

Con fecha 1 de enero de 2022 se crean unas nuevas tablas salariales que se incluye
en el anexo II, que modifican las vigentes a la firma del presente convenio colectivo,
entendiendo por tales las que vienen percibiendo los trabajadores/as fruto del acuerdo
alcanzado por la mayoría de la Comisión Negociadora del presente convenio colectivo el
pasado día 14 de marzo de 2022.
Estas modificaciones de las actuales tablas salariales consisten en que se integra en
el Salario base, el plus manutención y el plus transporte y, se eliminación de
determinados conceptos variables.
En las nuevas Tablas Salariares que se incluye en el anexo II, vigentes desde el 1 de
enero de 2022, constan como únicos conceptos fijos los siguientes: Salario Base, Pagas
Extras y, Plus Disponibilidad y, como conceptos variables: plus hora nocturna, hora
extraordinaria, hora perentoria, hora festiva, hora domingo, plus festivo recuperable, plus
jornada partida, el plus coordinador, plus supervisor administrativo, plus conductor, plus
capataz y plus supervisor agente servicios auxiliares.
Incrementos salariales y regularización de sus pagos:
Para el año 2022 los conceptos fijos y variables de las nuevas tablas salariales que
se incluye en el anexo II se incrementarán en:
– Un 14,2875 % los conceptos fijos de tablas para los grupos de Agentes
Administrativos y Agentes de Servicios Auxiliares de los Niveles 1,2 y 3,
– Un 11,2125 % los conceptos fijos de tablas para los grupos de Agentes
Administrativos y Agentes de Servicios Auxiliares de los Niveles 4 y,
– Un 5,06 % los conceptos fijos de tablas para Jefes Administrativos, Jefe de
Servicios Auxiliares y Técnicos Gestores.
– Un 8,5 % los complementos variables de tablas, plus hora nocturna, hora
extraordinaria, hora perentoria, hora festiva, hora domingo, plus festivo recuperable, plus
jornada partida.
La regularización de los pagos debidos por la Empresa en el año 2022 de todos
aquellos trabajadores/as de alta en la misma a la firma del convenio colectivo, en
concepto de diferencia de tablas salariales y, en su caso, la equiparación salarial del
año 2022 se abonará de forma conjunta y se realizará de la siguiente manera:
1) Un tercio de la suma total de ambos conceptos adeudados se abonarán a
fecha 31 de enero de 2024.
2) El resto (⅔), antes del 30 de abril de 2024.
Si algún trabajador/a de alta en la Empresa a la firma del convenio, con derecho a
cobrar estas cantidades, dejase de prestar servicios en la misma antes del 30 de abril
de 2024, tendrá derecho a cobrar la cantidad faltante de ambos conceptos en el
momento de su finiquito.
Para el año 2023, los conceptos fijos y variables de las nuevas Tablas Salariales que
se incluye en el anexo II resultantes de la subida salarial pactada para el año 2022
tendrán un incremento salarial del 2,5 %, salvo las variables plus coordinador, plus
supervisor administrativo, plus conductor, plus capataz y plus supervisor agente servicios
auxiliares que mantiene la cuantía que se abona a la firma del presente convenio
colectivo.
La regularización de los pagos debidos por la Empresa en año 2023 de todos
aquellos trabajadores de alta en la misma a la firma del convenio colectivo, en concepto
de diferencia de tablas salariales y, en su caso, la equiparación salarial del año 2023 se
abonará de forma conjunta y se realizará de la siguiente manera:
1) La mitad de la suma total de ambos conceptos adeudados se abonarán en el
mes de mayo de 2024.

cve: BOE-A-2024-3852
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Núm. 52