I. Disposiciones generales. MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA. Organización. (BOE-A-2024-3796)
Real Decreto 210/2024, de 27 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica básica del Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 28 de febrero de 2024

Sec. I. Pág. 23531

h) El diseño, impulso y seguimiento de planes, programas, proyectos y actuaciones
para el fomento de la transformación digital en todos los sectores productivos de la
economía, en coordinación con otros departamentos ministeriales.
i) La coordinación e impulso de iniciativas que fomenten el despliegue de
capacidades e infraestructuras comunes, normas técnicas y esquemas de gobernanza
que contribuyan a acelerar los procesos de transformación digital, reforzar la
cooperación y asegurar su eficiencia.
j) La interlocución y coordinación con los agentes representativos de la economía
digital y la participación en comisiones, grupos de trabajo y otros foros en materia de
transformación digital.
k) El control e impulso del libre flujo de datos no personales, su portabilidad, y la
elaboración de códigos de conducta armonizados con la Unión Europea y otros foros de
carácter internacional, así como la elaboración y propuesta de normativa en materia de
gobernanza, acceso y compartición de datos, en coordinación con la Dirección General
del Dato.
l) La elaboración y propuesta de normativa en materia de servicios digitales y sus
prestadores, en particular sobre identificación electrónica y servicios electrónicos de
confianza, comercio electrónico y nombres de dominio de Internet.
m) La elaboración de normativa, en colaboración con otros departamentos,
referente a la regulación de las plataformas e intermediarios digitales, entre otras, la
relativa a su responsabilidad y obligaciones, la privacidad y protección de la información,
así como a la garantía de equidad y respeto a los derechos digitales de usuarios y
empresas.
n) La supervisión, control, inspección y sanción en materia de la sociedad digital, de
conformidad con la legislación aplicable, incluyendo la gestión de la lista de prestadores
de servicios de confianza cualificados.
ñ) La participación en comisiones, grupos de trabajo y otros foros de carácter
internacional o nacional, tanto públicos como privados, en materia de sociedad digital,
así como el seguimiento y participación en iniciativas y foros relacionados con la
Gobernanza de Internet.
o) El impulso, coordinación y apoyo a las iniciativas para la capacitación profesional
en el ámbito de las tecnologías de la información y las comunicaciones (TIC), y de
programas de atracción, desarrollo y retención del talento digital.
p) La elaboración, gestión y seguimiento de planes, proyectos y programas de
actuaciones orientados al desarrollo de habilidades digitales en coordinación con otros
departamentos ministeriales, así como la definición y gestión coordinada de esta política
con los correspondientes programas europeos e internacionales en estas materias.
q) La elaboración y propuesta normativa, impulso, coordinación y apoyo a las
iniciativas para promover la iniciativa emprendedora y el desarrollo de las empresas
digitales en colaboración con otras unidades y departamentos.
r) El impulso, coordinación y apoyo a las iniciativas destinadas a la creación de
contenidos digitales, y demás iniciativas que promuevan el desarrollo de empresas
tecnológicas en sectores estratégicos para la transformación e inclusión digital en
colaboración con otros departamentos, órganos u organismos.
s) La promoción y asistencia a la internacionalización de las empresas de
tecnologías digitales, de la sociedad digital y de contenidos digitales, sin perjuicio de las
competencias de la Secretaría de Estado de Comercio.
t) El diseño y desarrollo de planes y programas destinados a fomentar el acceso y
uso de los servicios digitales por los ciudadanos y facilitar la disponibilidad y
accesibilidad de las tecnologías digitales, contribuyendo a la corrección de las brechas
digitales en coordinación con otros departamentos ministeriales con competencias en
otras políticas con las que esas materias estén relacionadas.
u) La planificación, coordinación, desarrollo e impulso de políticas, planes,
programas, proyectos y actuaciones para la incorporación de la ciberseguridad en la
transformación digital del sector privado y la ciudadanía, en coordinación con la sociedad

cve: BOE-A-2024-3796
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Núm. 52