I. Disposiciones generales. MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA. Organización. (BOE-A-2024-3796)
Real Decreto 210/2024, de 27 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica básica del Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 52

Miércoles 28 de febrero de 2024

Sec. I. Pág. 23527

reestructuración sobre la base de instrumentos comunes, en el marco de las reformas
comprometidas por el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Mediante la disposición final segunda se modifica el Real Decreto del extinto
Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital al objeto de asignarle el
Instituto para la Evaluación de Políticas Públicas al actual Ministerio de Economía,
Comercio y Empresa.
Mediante la disposición final tercera se modifica el Real Decreto 1009/2023, de 5 de
diciembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos
ministeriales, al objeto de adaptarlo a las modificaciones organizativas derivadas del
Real Decreto 1230/2023, de 29 de diciembre, por el que se modifica el Real
Decreto 829/2023, de 20 de noviembre, por el que se reestructuran los departamentos
ministeriales, así como para incorporar la Dirección General del Dato como órgano
directivo dependiente de la Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial.
La disposición final cuarta se refiere al mandato para la modificación del Real
Decreto 451/2012, de 5 de marzo, por el que se regula el régimen retributivo de los
máximos responsables y directivos en el sector público empresarial y otras entidades.
Las disposiciones finales quinta y sexta son relativas a las facultades de desarrollo y
ejecución y a la entrada en vigor.
Este real decreto es coherente con los principios de buena regulación a que se
refiere el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En concreto, cumple con los
principios de necesidad y eficacia, pues se trata del instrumento más adecuado para
garantizar el interés general y la efectiva ejecución de las políticas públicas del Gobierno
en la materia. También se adecua al principio de proporcionalidad, pues no existe otra
alternativa para crear un nuevo marco orgánico de este departamento. En cuanto a los
principios de seguridad jurídica, transparencia y eficiencia, dicha norma se adecua a los
mismos pues es coherente con el resto del ordenamiento jurídico, y se racionaliza, en su
aplicación, la gestión de los recursos públicos.
En su virtud, a propuesta del Ministro para la Transformación Digital y de la Función
Pública, previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 27 de febrero
de 2024,
DISPONGO:
Organización general del departamento.

1. Corresponde al Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública
la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de telecomunicaciones,
sociedad de la información, transformación digital y el desarrollo y fomento de la
inteligencia artificial.
Asimismo corresponde al Ministerio para la Transformación Digital y de la Función
Pública la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de administración
pública, función pública, y gobernanza pública.
2. Las competencias atribuidas en este Real Decreto se entenderán en
coordinación y sin perjuicio de aquellas que corresponden a otros departamentos
ministeriales.
3. El Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública, bajo la
superior dirección de la persona titular del departamento, desarrolla las funciones que
legalmente le corresponden a través de los órganos superiores y directivos siguientes:
a) La Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial, de la que
dependen la Dirección General de Digitalización e Inteligencia Artificial, la Dirección
General del Dato y la Dirección General de Planificación Estratégica en Tecnologías
Digitales Avanzadas y Nueva Economía de la Lengua.

cve: BOE-A-2024-3796
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Artículo 1.