I. Disposiciones generales. MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA. Organización. (BOE-A-2024-3796)
Real Decreto 210/2024, de 27 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica básica del Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 52

Miércoles 28 de febrero de 2024

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I. DISPOSICIONES GENERALES

MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL
Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA
Real Decreto 210/2024, de 27 de febrero, por el que se establece la
estructura orgánica básica del Ministerio para la Transformación Digital y de
la Función Pública.

El Real Decreto 829/2023, de 20 de noviembre, por el que se reestructuran los
departamentos ministeriales, modificado por el Real Decreto 1230/2023, de 29 de
diciembre, ha creado el Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública.
El Ministerio cuenta con tres órganos superiores: la Secretaría de Estado de
Digitalización e Inteligencia Artificial, la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones e
Infraestructuras Digitales y la Secretaría de Estado de Función Pública.
Asimismo, el Real Decreto 1009/2023, de 5 de diciembre, por el que se establece la
estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, configura los órganos
superiores y directivos de cada departamento.
Procede ahora desarrollar la estructura orgánica básica del Ministerio para la
Transformación Digital y de la Función Pública, determinando sus órganos superiores y
directivos hasta el nivel orgánico de subdirección general y definiendo las competencias
de cada uno de estos órganos.
En el articulado se desarrollan dichos órganos superiores y directivos, así como las
competencias de cada uno.
En las disposiciones adicionales se regula el régimen de suplencia, la delegación y
desconcentración de competencias y la supresión de órganos, así como la revisión de la
clasificación de entidades del sector público empresarial y fundacional de carácter
tecnológico o científico.
Las disposiciones transitorias regulan la situación de las unidades y puestos de
trabajo con nivel orgánico inferior a subdirección general, la gestión temporal de medios
y servicios y a los órganos de asistencia en la contratación, así como el régimen
transitorio vinculado a la supresión de la Comisión Interministerial de Retribuciones.
La disposición derogatoria deroga las disposiciones de rango igual o inferior que se
opongan a lo establecido en el real decreto, así como, en lo que se oponga a este Real
Decreto, los reales decretos 403/2020, de 25 de febrero, por el que se desarrolla la
estructura orgánica básica del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación
Digital, y 682/2021, de 3 de agosto, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica
del Ministerio de Hacienda y Función Pública. Se deroga asimismo el Real
Decreto 469/1987, de 3 de abril, por el que se articulan las competencias conjuntas
atribuidas al Ministerio para las Administraciones Públicas y al Ministerio de Economía y
Hacienda. Se pone con ello fin al régimen de competencias compartidas entre los
Ministerios de Hacienda y para la Transformación Digital y de la Función Pública, de
modo que se permita una mejor delimitación de los ámbitos de actuación de ambos
ministerios, mediante una identificación del ámbito del sector público institucional en el
que cada uno de los departamentos asume sus respectivas competencias, con el fin
trabajar conjuntamente en la transformación del modelo de recursos humanos en un
modelo basado en la gestión por competencias, tal y como se establece en las reformas
comprometidas en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
La disposición final primera añade una nueva atribución a la Comisión Superior de
Personal, con el fin de que puedan atribuirse a este órgano colegiado competencias para
adoptar las medidas de coordinación necesarias con el fin de asegurar un enfoque
coherente de la planificación de recursos humanos de ámbito general, específica y de

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