I. Disposiciones generales. MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA. Organización. (BOE-A-2024-3796)
Real Decreto 210/2024, de 27 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica básica del Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública.
39 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 28 de febrero de 2024

Sec. I. Pág. 23538

dichos Fondos y para el Fondo de Asilo, Migración e Integración, el Fondo de Seguridad
Interior y el Instrumento de Apoyo Financiero a la Gestión de Fronteras y la Política de
Visados.
y) La supervisión de las actuaciones relacionadas con la gestión de los Programas
Operativos de FEDER en la Secretaría de Estado, en la Secretaría General de
Telecomunicaciones y Ordenación de los Servicios de Comunicación Audiovisual,
realizando la selección de operaciones, aprobación de las verificaciones y la
presentación de las solicitudes de reembolso; así como la representación en los comités
de seguimiento de los Programas Operativos.
2. La persona titular de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones e
Infraestructuras Digitales presidirá por delegación de la persona titular del Ministerio para
la Transformación Digital y de la Función Pública las correspondientes Conferencias
Sectoriales en materia de telecomunicaciones, infraestructuras digitales y servicios de
comunicación audiovisual.
3. De la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones e Infraestructuras Digitales
depende la Secretaría General de Telecomunicaciones y Ordenación de los Servicios de
Comunicación Audiovisual, con rango de Subsecretaría, que ejercerá las funciones que
se enumeran en el artículo 7.
4. Dependen directamente de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones e
Infraestructuras Digitales:
a) La Subdirección General de Coordinación y Ejecución de Programas, que
ejercerá las funciones señaladas en los párrafos q) a y) del apartado 1.
Con el nivel orgánico que se determine en la Relación de Puestos de Trabajo,
depende de la persona titular de la Subdirección General de Coordinación y Ejecución de
Programas la División del Organismo Intermedio del Fondo Europeo de Desarrollo
Regional. Esta División ejercerá de Organismo Intermedio del Fondo Europeo de
Desarrollo Regional, a la que corresponde la gestión ordinaria de las actuaciones de los
Programas Operativos de este Fondo y el apoyo tanto a la coordinación del Organismo
Intermedio, como a la realización de las funciones encomendadas por la Autoridad de
Gestión. Dicha gestión ordinaria hace referencia a la participación en la evaluación de las
actuaciones, las declaraciones de fiabilidad, los informes anuales y final, la estrategia de
comunicación y la aplicación de medidas antifraude.
b) Con el nivel orgánico que se determine en la Relación de Puestos de Trabajo, la
División para la Ejecución de los Fondos Europeos, para el impulso y el seguimiento de
la ejecución de las inversiones y medidas de reforma del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia, así como el seguimiento y verificación de las medidas
antifraude y demás principios transversales en el diseño y ejecución de las inversiones y
medidas del citado Plan.
5. De la persona titular de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones e
Infraestructuras Digitales depende directamente un Gabinete, como órgano de asistencia
inmediata al titular de la Secretaría de Estado, con nivel orgánico de subdirección
general, con la estructura que se establece en el artículo 23.3 del Real
Decreto 1009/2023, de 5 de diciembre.
6. Para el asesoramiento jurídico de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones e
Infraestructuras Digitales existirá una Abogacía del Estado, integrada orgánicamente en la del
Departamento.
7. El Ministerio ejerce la tutela, a través de la Secretaría de Estado de
Telecomunicaciones e Infraestructuras Digitales, de la Sociedad Estatal de
Microelectrónica y Semiconductores SA-SME (SEMYS SA-SME).

cve: BOE-A-2024-3796
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 52