I. Disposiciones generales. MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA. Organización. (BOE-A-2024-3795)
Real Decreto 209/2024, de 27 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030.
20 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 28 de febrero de 2024

Sec. I. Pág. 23514

la labor de formación y asesoramiento del personal técnico para la investigación, puesta
a punto y validación de métodos y ensayos eficaces de análisis.
d) El fomento, la sostenibilidad y el registro de las asociaciones de personas
consumidoras y usuarios de ámbito supra autonómico, así como el apoyo y
mantenimiento del Consejo de Consumidores y Usuarios.
e) La gestión de la Red de alerta de productos no alimenticios como punto de
contacto nacional mediante la cual se intercambia información entre la Administración
General del Estado, las comunidades autónomas y la Comisión Europea.
f) El apoyo a los órganos de cooperación existentes con las comunidades
autónomas, en particular, a la Comisión Sectorial de Consumo y a la Conferencia
Sectorial de Consumo.
g) La coordinación, cooperación y apoyo técnico a los servicios de consumo de las
comunidades autónomas y otras administraciones públicas, en relación con el control
oficial o la vigilancia en el mercado de bienes y servicios, tanto presencial como en
internet, para garantizar la calidad, luchar contra el fraude, proteger la salud y seguridad
y los intereses económicos de las personas consumidoras.
h) La preparación de acciones judiciales en representación de los intereses
colectivos de las personas consumidoras, de conformidad con lo previsto en la
legislación vigente.
i) La elaboración de propuestas normativas en materia de bienes y servicios que
faciliten y mejoren la protección de las personas consumidoras, en particular las
vulnerables, y el consumo consciente y responsable, así como informar preceptivamente
proyectos de normas o propuestas que afecten a los servicios o productos de consumo.
j) La coordinación e informe sobre la posición de España y, en su caso, la
representación, en los asuntos que afectan a la protección de los derechos de las
personas consumidoras ante la Unión Europea y en los organismos internacionales, sin
perjuicio de las funciones de dirección y coordinación de la Dirección General de
Agenda 2030 en el ámbito de la cooperación internacional.
k) La promoción y realización de estudios o encuestas en relación con el consumo.
l) La gestión del Centro Europeo del Consumidor en España, integrado en la ECCNet de la Unión Europea.
m) La gestión y mantenimiento del Registro Estatal de empresas de intermediación
financiera, incluyendo la instrucción y resolución de los procedimientos derivados de las
infracciones relacionadas con el mismo.
n) El ejercicio como Oficina de enlace única, a los efectos del Reglamento (UE)
2017/2394 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2017, sobre la
cooperación entre las autoridades nacionales responsables de la aplicación de la
legislación en materia de protección de las personas consumidoras y por el que se
deroga el Reglamento (CE) número 2006/2004.
ñ) El ejercicio como Oficina de enlace única, con las atribuciones que le
corresponden a los efectos del cumplimiento del Reglamento (UE) 2019/1020 del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2019, relativo a la vigilancia del
mercado y la conformidad de los productos y por el que se modifican la
Directiva 2004/42/CE y los Reglamentos (CE) 765/2008 y (UE) 305/2011.
o) La inspección e investigación en materia de consumo en el marco de las
competencias estatales.
p) La adopción de medidas provisionales, iniciado el procedimiento administrativo
sancionador o antes de su iniciación, así como la petición de auxilio a cualquier órgano u
organismo de carácter público o privado que permita la ejecución material de tales
medidas.
q) El apercibimiento a cualquier persona física o jurídica de cualquier ámbito en el
marco de la inspección o investigación de ilícitos en materia de consumo; así como el
requerimiento de información a cualquier entidad u organismo de carácter público o
privado, nacional o internacional, en el marco de la inspección e investigación de ilícitos
en materia de consumo.

cve: BOE-A-2024-3795
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 52