I. Disposiciones generales. MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA. Organización. (BOE-A-2024-3794)
Real Decreto 208/2024, de 27 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana, y se modifica el Real Decreto 1009/2023, de 5 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 52

Miércoles 28 de febrero de 2024

Sec. I. Pág. 23495

4. La Dirección General de Agenda Urbana y Arquitectura está integrada por los
siguientes órganos directivos con nivel orgánico de subdirección general:
a) La Subdirección General de Políticas Urbanas, a la que corresponde el ejercicio
de las funciones señaladas en el apartado 1.a), b), c), d), e), f), g), h), i), j), k), l), m), así
como las señaladas en el apartado 1.n), ñ), o) en colaboración con la Subdirección
General de Suelo, Información y Evaluación y las señaladas en el apartado p) y q) en el
ámbito de sus competencias.
b) La Subdirección General de Arquitectura y Edificación, a la que corresponde el
ejercicio de las funciones señaladas en el apartado 2.a), b), d), e), f), g), h) e i), así como
la señalada en el apartado c), en colaboración con la Subdirección de Innovación y
Sostenibilidad en la Edificación, y las señaladas en el apartado 1.p) y q) en el ámbito de
sus competencias.
Depende, asimismo, de la Dirección General de Agenda Urbana y Arquitectura, la
División de Innovación y Sostenibilidad en la Edificación, con el nivel que se determine
en la relación de puestos de trabajo, a la que corresponde el ejercicio de las funciones
señaladas en el apartado 3.a), b), c), d), e), f) y g) así como las señaladas en el
apartado 2.c) en colaboración con la Subdirección de Arquitectura y Edificación y las
señaladas en el apartado 1.p) y q) en el ámbito de sus competencias.
Artículo 5.

Dirección General de Vivienda y Suelo.

a) La elaboración y propuesta de la normativa sectorial con incidencia en materia
de vivienda, rehabilitación, regeneración y renovación urbana, junto con los
correspondientes aspectos económicos-financieros en colaboración con el resto de
unidades de la Secretaría General de Agenda Urbana, Vivienda y Arquitectura.
b) Las relaciones, en colaboración con otros departamentos con competencias en
la materia, con las entidades financieras para la obtención de financiación de las
actuaciones protegidas en materia de vivienda y suelo, así como la elaboración de
estudios e informes en relación con el subsector de la vivienda.
c) La elaboración y propuesta de planes estatales de ayudas a la vivienda,
rehabilitación, regeneración y renovación urbana y rural, junto con los correspondientes
aspectos económicos-financieros.
d) El apoyo técnico y la participación en los foros y organismos internacionales
relacionados con las políticas de vivienda, particularmente en el ámbito europeo,
especialmente en el caso de actuaciones de vivienda financiadas con fondos de la Unión
Europea, así como en las redes nacionales e internacionales de información y
conocimiento sobre políticas de vivienda.
e) La gestión económica y financiera de las ayudas de los planes y políticas de
vivienda, en el ámbito de competencias del Departamento, y la gestión y recaudación de
los ingresos por subvenciones y cuotas de préstamos de los antiguos planes de vivienda.
Asimismo, le corresponde la recaudación de liquidaciones de ayudas de subsidiación y
ayudas estatales directas a la entrada, derivadas de descalificación o autorización de
venta anticipada de viviendas.
f) La gestión de convenios con las comunidades autónomas y otros entes
territoriales para la ejecución de los planes y políticas de vivienda, rehabilitación,
regeneración y renovación urbana y rural, así como de convenios específicos con las
administraciones públicas para la rehabilitación de entornos vulnerables o precisados de
rehabilitación.

cve: BOE-A-2024-3794
Verificable en https://www.boe.es

1. La Dirección General de Vivienda y Suelo asume la planificación, impulso,
gestión y coordinación de las competencias que, en materias con incidencia en la
vivienda, el suelo, la información y evaluación corresponden a la Secretaría General de
Agenda Urbana, Vivienda y Arquitectura, y su orientación al cumplimiento de los
objetivos de política de vivienda del Departamento, ejerciendo las siguientes funciones: