I. Disposiciones generales. MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA. Organización. (BOE-A-2024-3792)
Real Decreto 206/2024, de 27 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Hacienda.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 28 de febrero de 2024

Sec. I. Pág. 23445

Disposición adicional octava. Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la
Moneda Entidad Pública Empresarial, Medio Propio.
1. La Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda, Entidad
Pública Empresarial, Medio Propio queda adscrita a la persona titular de la Subsecretaria
de Hacienda y constituyen sus funciones y competencias las establecidas en el Real
Decreto 51/2023, de 31 de enero, por el que se aprueba el Estatuto de la Fábrica
Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda, Entidad Pública Empresarial,
Medio Propio.
2. La acuñación de monedas conforme a lo previsto en la Ley 10/1975, de 12 de
marzo, sobre Regulación de la Moneda Metálica, y en el artículo 81 de la Ley 42/1994,
de 30 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y de orden social, será
acordada por Orden de la persona titular del Ministerio de Economía, Comercio y
Empresa.
Disposición adicional novena. Presidencia de las secciones del Comité de Cooperación
en materia de contratación pública.
La presidencia de las secciones del Comité de Cooperación en materia de
contratación pública corresponderá a las personas titulares de los siguientes órganos:
a) La Sección relativa a la regulación de la contratación estará presidida por la
persona titular de la Secretaría de la Junta Consultiva de Contratación Pública del
Estado.
b) La Sección relativa a la información cuantitativa y estadística en materia de
contratación pública será presidida por la persona titular de la Subdirección General de
Gobernanza y Coordinación de la contratación pública.
c) La Sección relativa a la supervisión de la contratación pública estará
presidida por el Vicepresidente del Comité de Cooperación en materia de
contratación pública.
d) La Sección de contratación pública electrónica estará presidida por la
persona titular de la Subdirección General de Coordinación de la Contratación
Electrónica.
e) La Sección relativa a la supervisión del funcionamiento del Registro Oficial de
Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público estará presidida por la persona
titular de la Subdirección General de Clasificación de Contratistas y Registro de
Contratos.
Disposición adicional décima. Gestión compartida de servicios comunes en el
Comisionado para el Mercado de Tabacos.
La Subsecretaría podrá establecer, en términos de eficiencia, la gestión
compartida de servicios comunes entre el Ministerio y el Comisionado para el
Mercado de Tabacos.
La resolución de asignación determinará los servicios a compartir, pudiendo
referirse a la gestión de sus bienes inmuebles, contratación pública, sistemas de
información y comunicación y recursos humanos, entre otros.
Disposición adicional décima primera.
Consorcios de Zona Franca, FCPJ.

Extinción del Fondo de compensación de los

Se extingue el Fondo de compensación de los Consorcios de Zona Franca, FCPJ
creado por la Disposición adicional sexagésima segunda de la Ley 6/2018, de 3 de julio,
de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018, adscrito a la Administración
General del Estado a través del Subsecretaría del Ministerio de Hacienda.

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Núm. 52