I. Disposiciones generales. MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA. Organización. (BOE-A-2024-3792)
Real Decreto 206/2024, de 27 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Hacienda.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 52

Miércoles 28 de febrero de 2024

Sec. I. Pág. 23411

f) La Subdirección General de Programas Presupuestarios de Educación, Cultura y
otras Políticas Públicas, que ejercerá las funciones previstas en los párrafos a), c), d), e),
k) y n) del apartado 1, en lo que se refiere a las políticas y programas de gasto situados
dentro del ámbito funcional de sus atribuciones.
g) La Subdirección General de Programación Financiera del Sector Público
Empresarial, a la que corresponden las funciones comprendidas en los párrafos a), c),
d), e), i), j) y n) del apartado 1.
h) La Subdirección General de Análisis Presupuestario Transversal y Gestión de
Recursos, a la que corresponden las funciones recogidas en el párrafo h) del apartado 1
y que ejercerá las funciones de cobertura y apoyo requeridas respecto a las materias
relacionadas en los párrafos c), d), e), ñ), o), p) y q) del apartado 1, así como la
planificación logística de las necesidades del proceso presupuestario, la gestión de los
recursos humanos y materiales del centro directivo y la asistencia y apoyo a la persona
titular de la Dirección General.
3. Corresponde a la persona titular de la Dirección General de Presupuestos
coordinar las Comisiones de Análisis de Programas, presidiéndolas cuando no lo haga la
persona titular de la Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos.
Artículo 10.

Dirección General de Costes de Personal.

a) El examen, informe y propuesta e interpretación de las normas presupuestarias
en materia de gastos de personal, en el marco de la planificación estratégica de
Recursos Humanos.
b) El control de costes de personal y la fijación de los criterios generales de
aplicación de las normas sobre retribuciones del sector público empresarial y
fundacional, definido en los artículos 3.2 y 3.3 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre,
General Presupuestaria, en los términos expuestos en el artículo 10.2.
c) El control del impacto en el gasto público mediante el informe presupuestario
preceptivo de las disposiciones en materia de retribuciones e indemnizaciones y de los
instrumentos de planificación de recursos humanos, así como del Plan General de
Recursos Humanos.
d) El estudio e informe sobre la adecuación de las normas de las comunidades
autónomas al orden constitucional de distribución de competencias, en el marco de los
gastos de personal.
e) La tramitación y propuesta de resolución de las reclamaciones y recursos
interpuestos contra las resoluciones competencia de la Dirección General.
f) Prestar el apoyo preciso durante el proceso de debate parlamentario del proyecto
de ley de Presupuestos Generales del Estado.
g) El informe de las disposiciones legales y reglamentarias, en su fase de
elaboración y aprobación de acuerdo con el cumplimiento de las exigencias de los

cve: BOE-A-2024-3792
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1. La Dirección General de Costes de Personal tendrá a su cargo las competencias
de elaboración de las propuestas normativas a incluir en el Anteproyecto de Ley de
Presupuestos Generales del Estado en materia de costes de personal, en el marco de la
planificación estratégica de Recursos Humanos. Asimismo, le corresponde informar con
carácter preceptivo en las decisiones que afecten a la envolvente global de gasto de las
políticas relativas a recursos humanos y regímenes retributivos del sector público.
2. Le corresponderán las competencias de ordenación, propuesta normativa,
análisis y control presupuestario en materia de personal de los entes del sector público
empresarial y fundacional, definidos en los apartados 2 y 3, del artículo 3 de la
Ley 47/2003, de 27 de noviembre, General Presupuestaria, a excepción de las entidades
adscritas al Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública y al
Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades.
3. Le corresponden las siguientes funciones: