I. Disposiciones generales. MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA. Organización. (BOE-A-2024-3791)
Real Decreto 205/2024, de 27 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Defensa.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 52

Miércoles 28 de febrero de 2024
Artículo 5.

Sec. I. Pág. 23379

Dirección General de Asuntos Económicos.

1. La Dirección General de Asuntos Económicos es el órgano directivo al que le
corresponde la planificación y desarrollo de la política económica y financiera del
Departamento, así como la supervisión y dirección de su ejecución. A estos efectos,
dependen funcionalmente de esta dirección general todos los órganos competentes en
las citadas materias del Departamento y de sus organismos autónomos.
2. Corresponden a esta dirección general, en el ámbito de sus competencias, las
siguientes funciones:
a) Dirigir, coordinar y controlar la contabilidad del Departamento, así como el control
de los créditos y de la ejecución del gasto.
b) Elaborar y proponer los planes de acción ministeriales para la corrección de las
debilidades identificadas en la actividad económica del Departamento, impulsar su
implementación y realizar su seguimiento.
c) Desarrollar la planificación y la programación económica y presupuestaria del
Departamento, así como dirigir y controlar su ejecución, ejerciendo la dirección financiera
de los programas presupuestarios.
d) Ejercer la dirección financiera de los programas presupuestarios y la
programación económica.
e) Administrar los recursos económicos que se le asignen y los no atribuidos
expresamente a otros órganos del Departamento, los destinados a las contribuciones
financieras a las organizaciones internacionales en los que participe el Ministerio de
Defensa y los asignados para el funcionamiento de sus organismos en el exterior; así
como efectuar los pagos y justificación de los recursos destinados a las adquisiciones en
el extranjero.
f) Ejercer la representación nacional en los comités y órganos de decisión de
carácter económico de los organismos internacionales de seguridad y defensa en los
que participe el Departamento, en coordinación con el Estado Mayor de la Defensa, la
Dirección General de Política de Defensa y los Cuarteles Generales de los Ejércitos y la
Armada, según los casos.
g) Administrar, en coordinación con el Estado Mayor de la Defensa, los recursos
financieros destinados a financiar la participación de las Fuerzas Armadas en
operaciones de paz y ayuda humanitaria.
h) Planificar y controlar la contratación en el ámbito del Departamento.
i) Implementar el análisis de costes y precios de las empresas suministradoras o
que participen en programas de defensa, así como el de los costes del ciclo de vida de
las inversiones asociadas a los programas de obtención del Departamento.
j) Ejercer la dirección funcional de los sistemas informáticos integrales de dirección
y administración económica del Departamento.
k) Realizar la gestión y pago de las pensiones causadas por el personal saharaui
componente de la policía territorial del Sahara y de las unidades especiales del África
occidental.

a) La Subdirección General de Contabilidad, que desarrolla las funciones señaladas
en el apartado 2, letras a) y b).
b) La Oficina Presupuestaria, que desarrolla las funciones señaladas en el
apartado 2, letras c) y d).
c) La Subdirección General de Gestión Económica, que desarrolla las funciones
señaladas en el apartado 2, letras e), f), g), j) y k).
d) La Subdirección General de Contratación, que desarrolla las funciones
señaladas en el apartado 2, letras h) e i).

cve: BOE-A-2024-3791
Verificable en https://www.boe.es

3. De la Dirección General de Asuntos Económicos dependen, con rango de
subdirección general, los siguientes órganos directivos, que se coordinarán con los
órganos competentes del Departamento y sus organismos autónomos: