I. Disposiciones generales. MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA. Organización. (BOE-A-2024-3791)
Real Decreto 205/2024, de 27 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Defensa.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 28 de febrero de 2024

Sec. I. Pág. 23388

2. Corresponden a esta dirección general, en el ámbito de sus competencias, las
siguientes funciones:
a) Planificar y coordinar la enseñanza militar, de acuerdo con lo establecido en la
Ley 39/2007, de 19 de noviembre, en lo referente a la enseñanza de formación y de
perfeccionamiento y aquellos cursos específicos militares que tengan el carácter de altos
estudios de la defensa nacional.
b) Supervisar el funcionamiento del sistema de centros universitarios de la defensa
e impulsar las relaciones y acuerdos con las diferentes administraciones, universidades y
entidades privadas.
c) Elaborar y proponer las directrices generales de los planes de estudios para la
enseñanza de formación del personal militar, así como coordinar su redacción y la de los
planes de formación de los reservistas.
d) Proponer y coordinar la estructura docente de las Fuerzas Armadas, así como el
régimen general de sus centros, del alumnado y del profesorado.
e) Planificar y coordinar, en el aspecto funcional, el Sistema Integrado de
Enseñanza Virtual, así como elaborar y coordinar el sistema de calidad de la enseñanza
militar y su evaluación.
f) Gestionar las enseñanzas del personal de los cuerpos comunes de las Fuerzas
Armadas, las de carácter común y el funcionamiento de los centros docentes
dependientes de esta dirección general.
g) Elaborar, en coordinación con la Dirección General de Política de Defensa, los
programas de cooperación internacional en materia de enseñanza, y dirigir su ejecución.
h) Planificar y coordinar los procesos de captación y selección del personal militar y
de los reservistas voluntarios, así como su mejora continua.
i) Dirigir y apoyar la gestión de los reservistas voluntarios.
j) Dirigir, coordinar e impulsar las actuaciones de la Estrategia Integral de Desarrollo
Profesional para personal militar del Departamento.
k) Implementar el Plan de Acción Individual para el Desarrollo Profesional dirigido a
los militares profesionales de tropa y marinería y a los Reservistas de Especial
Disponibilidad, así como coordinar la planificación y dirigir la ejecución de los programas
de actuación de la Estrategia Integral de Desarrollo Profesional.
l) Promover e impulsar los programas de formación de apoyo que complementen la
formación del personal militar.
m) Potenciar el desarrollo de los procedimientos de evaluación y acreditación de
titulaciones y competencias para el personal militar y para los Reservistas de Especial
Disponibilidad.
n) Gestionar las oportunidades profesionales del personal militar y de los
Reservistas de Especial Disponibilidad en situación de desempleo.
ñ) Elaborar, desarrollar y coordinar los programas de comunicación, tanto interna
como externa, relativos a las actuaciones de reclutamiento y desarrollo profesional para
personal militar y Reservistas de Especial Disponibilidad.
o) Garantizar la dirección, desarrollo y continuidad de acción del Departamento en
el ámbito de la educación física y el deporte.
3. De la Dirección General de Reclutamiento y Enseñanza Militar dependen los
siguientes órganos directivos:
a) La Subdirección General de Enseñanza Militar, que desarrolla las funciones
señaladas en el apartado 2, letras a), b), c), d), e), f) y g).
b) La Subdirección General de Reclutamiento y Desarrollo Profesional de Personal
Militar y Reservistas de Especial Disponibilidad, que desarrolla las funciones señaladas
en el apartado 2, letras h), i), j), k), l), m), n) y ñ).
4. También depende de esta dirección general la Comisión Permanente y
Secretaría General del Consejo Superior del Deporte Militar, que desarrolla la función

cve: BOE-A-2024-3791
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