I. Disposiciones generales. MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA. Organización. (BOE-A-2024-3790)
Real Decreto 204/2024, de 27 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, y se modifica el Real Decreto 1012/2022, de 5 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Abogacía General del Estado, se regula la inspección de los servicios en su ámbito y se dictan normas sobre su personal.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 28 de febrero de 2024

Sec. I. Pág. 23346

2. De la Dirección General para el Servicio Público de Justicia dependen los
siguientes órganos:
a) La Subdirección General de Colaboración Institucional para el Servicio Público
de Justicia, a la que corresponde el ejercicio de las funciones señaladas en los párrafos
a), b), c), d) y e) del apartado anterior.
b) La Subdirección General de Acceso y Promoción del Personal de la
Administración de Justicia, a la que corresponde el ejercicio de las funciones señaladas
en los párrafos f), g), h) e i) del apartado anterior.
c) La Subdirección General de Programación y Gestión Económica del Servicio
Público de Justicia, a la que corresponde el ejercicio de las funciones señaladas en los
párrafos j), k), l), m), n), ñ), o) y p) del apartado anterior.
d) La Subdirección General de Cooperación y Coordinación Territorial de la
Administración de Justicia, a la que corresponde el ejercicio de las funciones señaladas
en los párrafos q), r), s), t), u), v), w) y x) del apartado anterior.
e) La Subdirección General de Obras y Patrimonio, a la que corresponde el
ejercicio de las funciones señaladas en los párrafos y) y z) del apartado anterior.
3. Corresponde al titular de la Dirección General para el Servicio Público de Justicia
la autorización de la nómina en la que se acreditan las retribuciones devengadas por los
miembros de la carrera judicial y fiscal, de los funcionarios del Cuerpo de Letrados de la
Administración de Justicia, de los funcionarios al servicio de la Administración de Justicia
destinados en órganos con jurisdicción en todo el territorio nacional o en las Ciudades de
Ceuta y Melilla, del personal del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses,
con independencia del lugar en que presten sus servicios y del personal al servicio de la
Administración de Justicia que no haya sido objeto de traspaso a las comunidades
autónomas.
Artículo 5. Gerencias Territoriales del Ministerio de la Presidencia, Justicia y
Relaciones con las Cortes.
1. En cada una de las sedes de los Tribunales Superiores de Justicia y, en su caso,
en las sedes de las salas desplazadas, existirá un órgano administrativo denominado
Gerencia Territorial del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes,
que desarrollará sus funciones en la comunidad autónoma correspondiente y en el
marco de las competencias que sobre la Administración de Justicia corresponden al
Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes.
Asimismo, la Gerencia Territorial de Órganos Centrales desarrollará sus funciones
respecto a los órganos judiciales, fiscales y de apoyo a la Administración de Justicia con
jurisdicción en todo el territorio nacional.
Las Gerencias Territoriales a que se refieren los párrafos anteriores dependerán del
Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes a través de la Dirección
General para el Servicio Público de Justicia, sin perjuicio de las competencias que, en su
caso, correspondan a las personas titulares de las Delegaciones del Gobierno y las que,
por razón de la materia, correspondan a la Subsecretaría.
La provisión de servicios de tecnologías de la información y comunicación de las
Gerencias Territoriales, así como el mantenimiento operativo y creación de soluciones
tecnológicas y de las infraestructuras tecnológicas y equipos de soporte necesarios para
el desempeño de sus funciones, será prestado por la Dirección General de
Transformación Digital de la Administración de Justicia, a través de la Subdirección
General de Calidad de los Servicios Digitales, Ciberseguridad y Operaciones, de
conformidad con la coordinación y planificación estratégica acordada con la Dirección
General para el Servicio Público de Justicia.
2. Las Gerencias Territoriales suministrarán a los servicios centrales del Ministerio
de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes cuantos datos, informes y
estudios de planificación les sean solicitados o consideren oportuno remitir, con arreglo a

cve: BOE-A-2024-3790
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Núm. 52