I. Disposiciones generales. MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA. Organización. (BOE-A-2024-3790)
Real Decreto 204/2024, de 27 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, y se modifica el Real Decreto 1012/2022, de 5 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Abogacía General del Estado, se regula la inspección de los servicios en su ámbito y se dictan normas sobre su personal.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 28 de febrero de 2024

Sec. I. Pág. 23351

p) La realización de los bienes, que comprenderá la actividad tendente a la venta
de los bienes, efectos, ganancias e instrumentos cuya gestión se le haya encomendado
judicialmente en el ejercicio de la actividad de recuperación y gestión de activos tras el
decomiso de los mismos, salvo que se hayan inscrito a nombre del Estado en el
correspondiente Registro de la Propiedad o Registro de Bienes Muebles o que proceda
su afectación o adscripción a un órgano u organismo público, a cuyo efecto cursará la
correspondiente propuesta a la Dirección General del Patrimonio del Estado para su
tramitación.
Esta función comprenderá también la venta anticipada de bienes intervenidos o
embargados, cuando esta haya sido autorizada judicialmente en el ámbito de actuación
de dicha actividad.
q) La adjudicación del uso de los bienes o efectos incautados o embargados,
siempre que el órgano judicial haya autorizado su utilización provisional.
r) La función derivada del soporte necesario para el desarrollo de la actividad propia
de la Comisión de Adjudicación de bienes producto del delito.
s) La gestión de la Cuenta de Depósitos y Consignaciones resultante de la
actividad de recuperación y gestión de activos.
2. De la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública dependen los
siguientes órganos:
a) La Subdirección General de Nacionalidad y Estado Civil, a la que corresponde el
ejercicio de las funciones a las que se refieren los párrafos a), b), c), d) y e) del apartado
anterior, así como a las que se refiere el párrafo k) de dicho apartado en cuanto a las
materias propias de sus funciones.
b) La Subdirección General del Notariado y de los Registros, a la que corresponde
el ejercicio de las funciones a las que se refieren los párrafos f), g), h), i), j), y l) del
apartado anterior, así como a las que se refiere el párrafo k) de dicho apartado en cuanto
a las materias propias de sus funciones.
c) La Subdirección General de Localización y Recuperación de Bienes, a la que
corresponde el ejercicio de las funciones señaladas en los párrafos m) y n) del apartado
anterior, así como a las que se refiere el párrafo k) de dicho apartado en cuanto a las
materias propias de sus funciones.
d) La Subdirección General de Conservación, Administración y Realización de
Bienes, a la que corresponde el ejercicio de las funciones señaladas en los párrafos ñ),
o), p), q), r) y s) del apartado anterior, así como a las que se refiere el párrafo k) de dicho
apartado en cuanto a las materias propias de sus funciones.
Artículo 8. Dirección General de Cooperación Jurídica Internacional.
1. Corresponde a la Dirección General de Cooperación Jurídica Internacional, bajo
la dependencia de la Secretaría de Estado de Justicia, el ejercicio de las funciones
relativas a la cooperación jurídica internacional civil y penal, la gestión de la participación
del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes en los organismos
internacionales y de la Unión Europea en esta materia, asistiendo al Ministerio de
Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación cuando sea necesario. En concreto le
corresponde:
a) El estudio y tramitación de los expedientes resultado de la ejecución y aplicación
de los convenios y tratados internacionales en materia de extradiciones, traslado de
personas condenadas, auxilio judicial internacional civil y penal, sustracción internacional
de menores, obtención de alimentos en el extranjero, información de derecho extranjero
y asistencia jurídica gratuita, así como de aquellos otros tratados o convenios en cuya
aplicación o ejecución el Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las
Cortes asuma la condición de autoridad central.

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Núm. 52