II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Cuerpo de Abogados del Estado. (BOE-A-2024-3614)
Resolución de 16 de febrero de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convoca concurso para la provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios del Cuerpo de Abogados del Estado.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 50

Lunes 26 de febrero de 2024

Sec. II.B. Pág. 22541

La valoración de este supuesto será incompatible con la otorgada por el cuidado de
hijos e hijas.
II. Méritos específicos adecuados a las características del puesto (máximo 12
puntos).
Los méritos que aleguen los concursantes, adecuados a las características del
puesto o puestos solicitados, que se definen en los anexos 1 y 2, se valorarán hasta un
máximo de 12 puntos.
Únicamente se valorarán como méritos específicos los conocimientos y/o experiencia
adquiridos en el desarrollo de las tareas propias de uno o varios puestos de trabajo
cuando se hayan estado realizando durante 6 meses o más.
II.1 Similitud entre la experiencia profesional del candidato y las funciones del
puesto a desempeñar.
Se valorará con un máximo de 8 puntos la experiencia profesional en el desarrollo de
funciones con contenido y especialización jurídica análogas a las del puesto solicitado
con arreglo a las siguientes reglas:
a) Si la similitud es absoluta se valorará cada año en el desarrollo de funciones con
contenido y especialización similares con 2 puntos.
b) Si la similitud es parcial, se valorará cada año de desarrollo con 1 punto.
c) El desempeño parcial de funciones mediante un plan de refuerzo en el
Departamento de Arbitrajes Internacionales por un plazo superior a seis meses e inferior
a un año se valorará en relación con los puestos convocados en dicho Departamento
con 0,50 puntos. Si la duración del refuerzo es superior a un año se valorará como
máximo con 1 punto.
II.2

Titulaciones universitarias oficiales.

Se valorarán hasta un máximo de 2 puntos, distribuidos de la siguiente forma:
a)
b)

Doctor en Derecho: 1 punto.
Otras carreras relacionadas con el puesto de trabajo: 1 punto.

Respecto de los estudios relacionados con el puesto de trabajo se tomará en
consideración el título de Económicas-ADE respecto de las plazas con destino en
Departamento de Penal, Audiencia Nacional, Arbitraje, Civil-Concursal y Departamento
de Tributario. El título de Relaciones Laborales/Graduado Social se computará para el
acceso a las plazas del Departamento de Social.
A los efectos de valoración de Títulos Universitarios Oficiales que acrediten haber
superado distintos ciclos de unas mismas enseñanzas universitarias, únicamente será
objeto de puntuación aquel título que se corresponda con el ciclo superior.
Publicaciones en materias jurídicas.

La Comisión de Valoración valorará de forma motivada la puntuación otorgada por
estas publicaciones, hasta un máximo de 2 puntos. En todo caso las publicaciones que
no guarden relación directa con el puesto de trabajo no serán objeto de valoración. Los
trabajos deberán haber sido efectivamente publicados después de haberse obtenido la
condición de funcionario del Cuerpo de Abogados del Estado.
Se aportará la documentación justificativa de los méritos alegados que se considere
necesaria.
Quinta.

Acreditación de los méritos.

Para la certificación de los méritos y funciones descritos en los apartados anteriores,
se aplicará lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo,

cve: BOE-A-2024-3614
Verificable en https://www.boe.es

II.3