I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ARAGÓN. Subvenciones. (BOE-A-2024-3604)
Decreto-ley 3/2023, de 15 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se autoriza la tramitación, por el procedimiento de concesión directa, de una subvención plurianual a favor de «Stellantis España, SL» para el desarrollo de proyectos de mejora ambiental, eficiencia energética y desarrollo experimental en su planta de Figueruelas (Zaragoza) durante los ejercicios 2023 y 2024, con el fin de facilitar el proceso de transformación hacia el vehículo eléctrico y conectado e incrementar el grado de protección ambiental.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 26 de febrero de 2024

Sec. I. Pág. 22518

IV
El Gobierno de Aragón cuenta con herramientas de política económica, como son las
subvenciones o ayudas públicas, contempladas y reguladas tanto en la normativa básica
estatal (Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones), que recoge los
principios generales, como autonómica (Texto refundido de la Ley de Subvenciones de
Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 2/2023, de 3 de mayo, del Gobierno de
Aragón), que completa, ajusta y concreta las disposiciones estatales al ámbito y a las
características de la Comunidad Autónoma.
Con fecha 21 de septiembre de 2022 se recibió una solicitud de ayuda por parte de
Stellantis España, SL, con detalle de actuaciones para los años 2023 y 2024, importes
de los gastos y categorías de ayuda de aplicación y sometimiento a la normativa
aplicable, acompañada de las mejoras justificativas de las inversiones e informes
acreditados de verificación, donde se agrupan las actuaciones subvencionables en tres
grupos diferenciados:
1. Proyectos para la inversión en protección del medio ambiente, incluida la
descarbonización, acordes con lo establecido en el artículo 36 del Reglamento (UE) N.º
651/2014 de la Comisión de 17 de junio de 2014 por el que se declaran determinadas
categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los
artículos 107 y 108 del Tratado (versión consolidada de 1 de julio de 2023).
2. Proyectos para la inversión en medidas de eficiencia energética distintas de las
de los edificios, acordes con lo establecido en el artículo 38 del Reglamento (UE) N.º
651/2014 de la Comisión de 17 de junio de 2014 por el que se declaran determinadas
categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los
artículos 107 y 108 del Tratado (versión consolidada de 1 de julio de 2023).
3. Proyectos destinados al desarrollo experimental, acordes con lo establecido en el
artículo 25 del Reglamento (UE) N.º 651/2014 de la Comisión de 17 de junio de 2014 por
el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado
interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado (versión consolidada de 1 de
julio de 2023).
Como consecuencia de la referida solicitud, con fecha de 8 de marzo de 2023, se
suscribió un Protocolo General entre el Gobierno de Aragón y Stellantis España, SL,
para favorecer el desarrollo del Plan de Inversiones de la empresa en la Planta de
Figueruelas (Zaragoza). En virtud de este Protocolo, el Gobierno de Aragón se
comprometía a iniciar los trámites necesarios para proceder a la concesión a Stellantis
España, SL, de una subvención en régimen de concesión directa para financiar las
inversiones que el grupo debe decidir y adjudicar de forma más inmediata, tales como la
implantación de nuevas líneas de prensas de estampado en caliente, actuaciones
encaminadas a la electrificación de procesos de la planta, así como a la internalización
de componentes que actualmente se fabrican fuera de Aragón. El Gobierno de Aragón
constituido en virtud de Decreto de 11 de agosto de 2023, del Presidente, ha confirmado
su voluntad de reanudar la tramitación del procedimiento para la concesión de las
ayudas.
Esta ayuda de concesión directa se fundamenta jurídicamente en lo establecido en el
artículo 22.2 b) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, así como
en lo contemplado en términos análogos en los artículos 16.6.b) y 30 del texto refundido de
la Ley de Subvenciones de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 2/2023, de 3 de
mayo, del Gobierno de Aragón, en el que se prevé la concesión directa de subvenciones
establecidas por una norma de rango legal, así como en la normativa europea de ayudas de
estado, en concreto el Reglamento 651/2014, de 17 de junio, por el que se declaran
determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los
artículos 107 y 108 del Tratado, Reglamento General de exención por categorías (DOUE
L187, de 26 de junio de 2014), cuyas sucesivas modificaciones se recogen en la última
versión consolidada de 1 de julio de 2023.

cve: BOE-A-2024-3604
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Núm. 50