III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA. Convenios. (BOE-A-2024-3595)
Resolución de 19 de febrero de 2024, de la Biblioteca Nacional de España, O.A., por la que se publica el Convenio con el Centro Internacional del ISSN, para el intercambio de metadatos relativos a la conservación a largo plazo de publicaciones periódicas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 49

Sábado 24 de febrero de 2024

Sec. III. Pág. 22468

3.5 La BNE proporcionará sus metadatos de estado de archivo (véase 4.2.) y sus
actualizaciones al ISSN-IC según la frecuencia acordada (véase 4.1.).
3.6 La BNE proporcionará asistencia y compartirá con el ISSN-IC los detalles
técnicos que permitan al ISSN-IC recuperar los metadatos sobre el estado de los
archivos y mostrarlos en el Portal del ISSN.
3.7 La BNE modificará el ISSN en su propio sistema cuando el ISSN-IC le
comunique errores y se esforzará por incluir los URI del ISSN en sus propios metadatos
del sistema.
3.8 La BNE hará todo lo posible por asistir a las reuniones celebradas por el ISSNIC sobre KR.
3.9 La BNE puede estar representada en el TAC y contribuir a la estrategia de KR.
3.10 La BNE podrá, a su discreción, cooperar con el ISSN-IC para presentar
proyectos a los organismos de financiación.
Cuarta.

Entrega y procesamiento de metadatos.

La BNE y el ISSN-IC acuerdan lo siguiente:
4.1 La BNE generará un archivo trimestral con los metadatos iniciales y
actualizados del estado de archivo de las publicaciones electrónicas identificadas con un
ISSN en su propia base de datos.
4.2 Los siguientes datos, cuando estén disponibles para un título determinado, se
pondrán a disposición del ISSN-IC:










elSSN o ISSN impreso por defecto.
ISSN-L si está disponible.
Título del recurso.
Editor del recurso.
Fecha de inicio del archivo (AÑO).
Fecha de finalización del archivo (AÑO).
Estado del proceso de archivo (archivado, en curso...).
Holdings.
Dirección del recurso archivado (URL u otra).

4.3 El formato de intercambio preferido para la entrega de metadatos es TSV
codificado en UTF-8.
4.4 El método de entrega preferido es la subida al servidor FTP del ISSN-IC.
4.5 El ISSN-IC cotejará los metadatos de estado de archivo con los registros del
ISSN en el Portal del ISSN y los pondrá a disposición de los usuarios para su consulta y
descarga. El uso profesional basado en la presentación de listas del ISSN y la API estará
disponible únicamente para los suscriptores del Portal del ISSN.
4.6 Cuando el registro de la versión impresa del recurso sea el único registro
disponible en el Portal del ISSN, el ISSN-IC lo utilizará para cotejar los metadatos de la
BNE. El ISSN-IC hará todo lo posible para crear un registro para la versión electrónica
del recurso en el momento oportuno.
Compromisos económicos.

Este convenio no conlleva ningún compromiso de gasto por ninguna de las partes.
Sexta.

Actividades de comunicación.

6.1 El ISSN-IC mencionará la participación de la BNE a KR en el Portal del ISSN y
compartirá la información oficial relativa a la BNE con los usuarios del servicio.
6.2 La BNE mencionará el KR y la participación del ISSN-IC al servicio en sus
propios canales de información.

cve: BOE-A-2024-3595
Verificable en https://www.boe.es

Quinta.