III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES. Comunidad Autónoma de Cataluña. Convenio. (BOE-A-2024-3530)
Resolución de 28 de diciembre de 2023, del Consorcio Barcelona Supercomputing Center-Centro Nacional de Supercomputación, por la que se publica el Convenio con Fundació Institut de Bioenginyeria de Catalunya, Fundació Centre de Regulació Genòmica, Institut d'Investigació en Ciències de la salud Germans Tries i Pujol, Hospital Clínic de Barcelona y la Fundación privada Instituto de Salud Global Barcelona, para la ejecución de un proyecto de investigación del plan complementario de biotecnología aplicada a la salud.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 23 de febrero de 2024

Sec. III. Pág. 22271

Que, en vista de lo anterior, IBEC propone al ISGlobal para participar en una Acción
Dinamizadora dentro la Línea de Actuación 2 (LA2), «Implementación y análisis de bases
de datos en medicina de precisión» del Plan Complementario en Cataluña. Esta
propuesta se basa en el hecho que el ISGlobal es pionero en el uso de DataSHIELD,
software que permite llevar a cabo análisis privados de información biomédica en un
sistema federado, no sólo para datos clínicos o médicos, sino también para datos
genómicos y de imágenes médicas. A través de estos datos federados, la información
queda custodiada de forma segura por cada institución, y los análisis se llevan a cabo
desde un servidor cliente que accede de forma anonimizada, privada y segura a
información resumida que cumple con la legislación vigente.
Que BSC-CNS, CRG, IGTP, HCB, e ISGLOBAL han manifestado su interés en poder
colaborar científicamente en dicha propuesta.
Que dichas entidades tendrán el papel de Entidades Participantes en la Actuación
DATOS-CAT. En el caso del BSC-CNS, tendrá, además, el papel de Coordinador
Científico-Técnico.
Que en el marco de la colaboración que se pretende establecer entre el IBEC y las
entidades BSC-CNS, CRG, IGTP, HCB, e ISGLOBAL, IBEC, como entidad coordinadora
del Plan Complementario de Biotecnología aplicada a la Salud en Cataluña, será la
entidad encargada de gestionar, controlar y ejecutar el Presupuesto de gastos directos
que ha asignado en relación a la Acción Dinamizadora «Implementación y análisis de
bases de datos en medicina de precisión».
Que, para cada una de las Entidades Participantes, el Coordinador ha definido un
Presupuesto que considera necesario, razonable y justificado para la correcta ejecución
de la Acción Dinamizadora por parte de cada entidad participante, y que será ejecutado
por el propio coordinador.
Que interesa regular las relaciones derivadas entre IBEC y las entidades BSC-CNS,
CRG, IGTP, HCB, e ISGLOBAL en el marco de la ejecución del Plan Complementario de
I+D+I, en el área de Biotecnología aplicada a la Salud, que forma parte de la Inversión 1,
del Componente 17 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Por ello formalizan el presente convenio de colaboración (en adelante, «Convenio» o
«Convenio de Colaboración») con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
1.

Definiciones

Para la interpretación del Convenio se atenderá a las siguientes definiciones:
1.1 «Actuación»: significa el primer nivel de descomposición de un proyecto o de un
subproyecto para su gestión y seguimiento. En general, todo proyecto o subproyecto
tiene al menos una Actuación. Excepcionalmente, para proyectos o subproyectos de
reducido alcance y poca complejidad, siempre que no comporten la ejecución de gasto,
se podrá prescindir de la descomposición en Actuaciones.
En el ámbito del presente Convenio, por tanto, se considera «Actuación» a la Acción
Dinamizadora dentro de la Línea de Actuación 2 («LA 2») «Implementación y análisis de
bases de datos en medicina de precisión».
En el ámbito de este Convenio se utilizará de manera indistinta «Acción
Dinamizadora» y/o «Actuación».
1.2 «Administración» significa el Ministerio de Ciencia e Innovación (o el organismo
que pueda en adelante sucederle en la gestión de la Ayuda) o bien la Generalitat de
Catalunya.
1.3 «Ayuda» significa la ayuda económica correspondiente al Plan Complementario
para la realización de la Acción Dinamizadora en la Línea de Actuación 2 del Plan
Complementario.
1.4 «Conocimientos Preexistentes» significa todos los conocimientos, información y
datos, cualquiera que sea su forma o naturaleza, tangible o intangible, incluido todo

cve: BOE-A-2024-3530
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Núm. 48