III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES. Comunidad Autónoma de Cataluña. Convenio. (BOE-A-2024-3530)
Resolución de 28 de diciembre de 2023, del Consorcio Barcelona Supercomputing Center-Centro Nacional de Supercomputación, por la que se publica el Convenio con Fundació Institut de Bioenginyeria de Catalunya, Fundació Centre de Regulació Genòmica, Institut d'Investigació en Ciències de la salud Germans Tries i Pujol, Hospital Clínic de Barcelona y la Fundación privada Instituto de Salud Global Barcelona, para la ejecución de un proyecto de investigación del plan complementario de biotecnología aplicada a la salud.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 48

Viernes 23 de febrero de 2024
7.2

Sec. III. Pág. 22276

Al Coordinador le corresponde el desempeño de las siguientes funciones:

7.2.1 Coordinará el progreso global de la Actuación de acuerdo los hitos y objetivos
asociados a la Actuación y que se incluyen en el plan de trabajo acordado con la
Generalitat de Catalunya, establecidos en el anexo 1 de este Convenio.
7.2.2 Recopilará del Coordinador Científico-Técnico la documentación técnica
justificativa de la realización de la Actuación, así como los informes y otros documentos
que pudieran ser requeridos por el Ministerio y la Generalitat.
7.2.3 Todas aquellas otras funciones que le pudiesen corresponder de acuerdo con
las obligaciones establecidas en el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo
y del Consejo de 12 de febrero de 2021 por el cual se establece el Mecanismo de
Recuperación y Resiliencia y la normativa derivada del mismo.
7.2.4 Llevará a cabo la gestión financiera, contable y económica de la Ayuda y
asumirá la responsabilidad de ésta.
8.

El Coordinador Científico-Técnico

8.1 El Coordinador Científico-Técnico llevará a cabo la coordinación científicotécnica y ejecución técnica de la Actuación. El Coordinador Científico-Técnico
desempeñará las funciones que se le asignan en el apartado 8.2, 10.2 y, además, llevará
a cabo las tareas técnicas que se le asignan como Entidad Participante según se
describe en el anexo 1.
8.2 Al Coordinador Científico-Técnico le corresponde el desempeño de las
siguientes funciones:
8.2.1 Supervisará el avance y cumplimiento apropiado de la Actuación de acuerdo
con el plan de trabajo previsto en la Memoria técnica detallado en el anexo 1 y demás
documentos incluidos en la solicitud presentada al Ministerio (acuerdo CPCTI del 8 de
noviembre).
8.2.2 Recopilará de las Entidades Participantes la documentación técnica
justificativa de la realización de la Actuación, así como los informes y otros documentos
que pudieran ser requeridos por el Coordinador.
8.2.3 Comunicará por escrito y sin demora al Coordinador cualquier circunstancia
que pueda afectar sustancialmente a la Actuación.
8.2.4 Hará los mejores esfuerzos de centralizar todo aviso, solicitud o comunicación
que el resto de Entidades Participantes deban dirigir en virtud del presente Convenio.
Estas se efectuarán a las personas y direcciones indicadas en la cláusula 18 del
presente Convenio.

9.

Obligaciones de las Entidades Participantes

9.1 Las Entidades Participantes se comprometen a cumplir los principios
transversales del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), siendo en
el presente Convenio los siguientes:
9.1.1 El cumplimiento de los hitos y objetivos de la Actuación en los términos
establecidos en el anexo 1 del presente Convenio.
9.1.2 El cumplimiento de las normas jurídicas, éticas y morales, adoptando las
medidas necesarias para prevenir y detectar el fraude, la corrupción y los conflictos de

cve: BOE-A-2024-3530
Verificable en https://www.boe.es

No obstante, y en referencia únicamente a cuestiones relativas a la ejecución de los
fondos (compras de material concreto) y recursos humanos, y en caso de que las
Entidades Participantes lo consideren necesario, podrán comunicarse directamente con
el IBEC a través de las personas y direcciones indicadas en la cláusula 18 del presente
Convenio. Del mismo modo, si el Coordinador del Plan Complementario lo considera
necesario, podrá dirigirse directamente a la/s Entidad/es Participante/s para estas
mismas cuestiones de ejecución de fondos y recursos humanos.