III. Otras disposiciones. MINISTERIO DEL INTERIOR. Convenios. (BOE-A-2024-3420)
Resolución de 16 de febrero de 2024, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias y el Cabildo Insular de Gran Canaria, para el desarrollo del programa "Servicios Culturales en los Centros Penitenciarios de Gran Canaria".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 47

Jueves 22 de febrero de 2024

Sec. III. Pág. 21485

correspondiendo sus aplicaciones presupuestarias e importes tal como se desglosan
en la siguiente tabla:
Lotes

Denominación

Aplicación presupuestaria

Importe

Euros

L.1

Animación a la Lectura
y a la Escritura.

07500/3321/226090024 Actividades Culturales y
Deportivas. Cultura.

L.2

Ediciones.

07500/3340/240000024 Gastos de Edición y
distribución Cultura.

L.3

Artes Plásticas.

07500/333/226060024 Reuniones, conferencias y
cursos. Cultura.

52.601,20

L.4

Música.

07500/3341/226060024 Reuniones, conferencias
y cursos. Cultura.

9.630,00

Total.

37.278,80
6.420,00

105.930,00

Al ser un procedimiento de contratación del Cabildo, su ejecución y los
correspondientes pagos son competencia exclusiva de esta Corporación insular, sin
perjuicio de la coordinación y seguimiento que se realizará con cada Centro
Penitenciario, y conforme con lo establecido en el presente convenio. Asimismo si
las partes decidieran prorrogar este acuerdo, atendiendo a lo previsto en su cláusula
novena, será preceptivo, para el Cabildo de Gran Canaria, contar con la autorización
económica previa de su Intervención General y demás trámites administrativos
pertinentes.
Sexta.

Imagen institucional.

En los elementos o soportes de difusión de las actuaciones incluidas en este
convenio y promovidas conjuntamente por la Secretaría General de Instituciones
Penitenciarias y la Consejería de Cultura del Cabildo de Gran Canaria aparecerá la
imagen gráfica de ambas partes.
Comisión de Seguimiento.

1. Se constituirá una Comisión de Seguimiento con objeto de dirigir, coordinar y
comprobar la correcta ejecución del presente convenio, así como de resolver las
incidencias y dudas de interpretación que puedan surgir.
2. La Comisión de Seguimiento estará constituida por dos representantes de cada una
de las partes lo que supone un total de cuatro miembros. Dos de ellos serán nombrados por
la persona titular de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias y los otros dos por
la persona titular de la Consejería de Cultura del Cabildo de Gran Canaria.
3. La presidencia de la Comisión de Seguimiento corresponderá a la Secretaría
General de Instituciones Penitenciarias, así como la designación del secretario, que
actuará con voz pero sin voto.
4. La Comisión de Seguimiento resolverá los problemas de interpretación y
cumplimiento que se deriven del presente convenio. Los posibles incumplimientos que
respondan a motivos debidamente justificados, donde no se observe negligencia por las
partes, no implicarán penalizaciones o indemnizaciones entre las mismas.
Asimismo, corresponden a la Comisión de Seguimiento las siguientes funciones:
– Velar por el buen funcionamiento de las actividades que vayan a desarrollarse
entre ambas Administraciones, en el marco del presente convenio.

cve: BOE-A-2024-3420
Verificable en https://www.boe.es

Séptima.