III. Otras disposiciones. MINISTERIO DEL INTERIOR. Convenios. (BOE-A-2024-3420)
Resolución de 16 de febrero de 2024, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias y el Cabildo Insular de Gran Canaria, para el desarrollo del programa "Servicios Culturales en los Centros Penitenciarios de Gran Canaria".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 47

Jueves 22 de febrero de 2024

Sec. III. Pág. 21484

Tercera. Compromisos que asume la Consejería de Cultura del Cabildo de Gran
Canaria.
La Consejería de Cultura del Cabildo de Gran Canaria se compromete a:
1. Ofrecer los servicios culturales incluidos en el contrato de «Servicios culturales
en los centros penitenciarios de la isla», tramitado al efecto, cuyos contenidos se
resumen en el anexo de este convenio y cuya prestación resultará de las adjudicaciones
que se formalicen del mismo, para cada uno de los cuatro lotes de actividades que
integran este procedimiento. Todo ello en coordinación permanente con los centros
penitenciarios donde se desarrolle la intervención, quienes determinarán la planificación,
horario y supervisión correspondiente.
2. Proporcionar los/las profesionales necesarios que resulten de la adjudicación del
contrato antes referido, para la puesta en marcha de las diferentes actividades culturales
objeto del presente convenio; ello también incluye los materiales que se precisen para
cada actividad.
3. El presente convenio no generará ningún tipo de vínculo contractual ni laboral
entre las partes firmantes y las personas físicas que desempeñen las actividades propias
del mismo.
Cuarta.

Confidencialidad y protección de datos.

1. La Consejería de Cultura del Cabildo de Gran Canaria se compromete a
mantener la confidencialidad de todos los datos e informaciones facilitados por la
Secretaría General de Instituciones Penitenciarias y que sean concernientes a la
ejecución del objeto del presente convenio. En cualquier caso esta Consejería se
abstendrá totalmente de recabar cualquier dato identificativo o de carácter personal
de los/las reclusos/as, máxime al no ser necesario para la ejecución de este
convenio.
2. Las partes se obligan al cumplimiento de lo previsto en la normativa vigente en
materia de protección de datos, en concreto, a lo dispuesto en la Ley Orgánica 7/2021,
de 26 de mayo, de protección de datos personales tratados para fines de prevención,
detección, investigación y enjuiciamiento de infracciones penales y de ejecución de
sanciones penales, y en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de
Datos Personales y garantía de los derechos digitales y en el Reglamento General de
Protección de Datos en lo que resulten de aplicación.
3. Las partes firmantes del convenio quedan exoneradas de cualquier
responsabilidad que se pudiera generar por incumplimiento de las obligaciones
anteriores efectuada por cualquiera otra parte. En caso de quebrantamiento de las
obligaciones asumidas, la entidad que los hubiera cometido responderá de las
infracciones en que hubiera incurrido.
Financiación del convenio.

El presente convenio no genera obligaciones económicas entre las partes. Sin
embargo, se hace constar que para atender los compromisos asumidos por este
Cabildo, la Consejería de Gobierno de Cultura, ha previsto la contratación de
«Servicios culturales en los Centros Penitenciarios de Gran Canaria» con una
consignación presupuestaria de 105.930,00 euros (impuestos incluidos) a ejecutar en
un plazo máximo de doce meses, lo que permitirá, tras su adjudicación, cubrir las
actividades que se incluyen en los cuatro lotes que componen este contrato, cuyos
contenidos y características se resumen en anexo al presente convenio,

cve: BOE-A-2024-3420
Verificable en https://www.boe.es

Quinta.