III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-3343)
Resolución de 9 de febrero de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Módulo solar fotovoltaico de la instalación híbrida Reventones de 26,19 MWp, para su hibridación con el parque eólico existente Reventones, de 34 MW, en la provincia de Murcia".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 46

Miércoles 21 de febrero de 2024

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acumulación, a diferencia de la pérdida de hábitat derivada de la ocupación del territorio
por la totalidad de proyectos.
Asimismo, el conjunto de instalaciones conlleva un incremento de alteraciones sobre
el paisaje, así como la modificación de las visuales en puntos sensibles. Dado el mayor
impacto visual que provocan por los parques eólicos ya existentes, el promotor considera
que la instalación de las tres PSFV contiguas no aumentaría en gran medida la afección
paisajística.
La Subdirección General de Patrimonio Natural y Cambio Climático del Gobierno de
la Región de Murcia remarca en su informe la necesidad de tener en cuenta el efecto
acumulativo de otros proyectos existentes o proyectados colindantes, ubicados en zonas
de presencia de aves esteparias amenazadas como avutarda, sisón, ortega, ganga
ibérica y aguilucho cenizo, y especialmente el efecto cuantificado sobre las poblaciones
de estas especies a nivel regional. Asimismo, considera que se debería tener en cuenta
el efecto de esta acumulación de superficie de módulos solares sobre el resto de
especies de aves propias de medios esteparios. En su respuesta a este informe, el
promotor afirma que el EsIA incluye un apartado específico para el estudio del impacto
sinérgico con el resto de proyectos en la zona, existentes y en tramitación. El inventario
ambiental se diseñó tomando un buffer lo suficientemente amplio para conseguir
información relevante sobre las especies de la zona y realizar una evaluación correcta de
los impactos potenciales del proyecto sobre las mismas.
Este órgano ambiental constata que el estudio de efectos sinérgicos o acumulativos
del promotor no valora adecuadamente los efectos negativos del conjunto de proyectos,
fundamentalmente los impactos sobre las aves esteparias según el informe remitido por
la Subdirección General de Patrimonio Natural y Cambio Climático del Gobierno de la
Región de Murcia.
El conjunto de proyectos y la consecuente degradación de los hábitats, podría
provocar la sustitución de la comunidad de fauna esteparia especialista que hace uso del
espacio, de alto valor conservacionista, por especies de fauna generalista. Además, el
impacto de los parques eólicos sobre las aves planeadoras o rapaces podría verse
magnificado por la eliminación de áreas de alimentación. El conjunto de estructuras
contribuiría al aumento del efecto barrera, disminuyendo la conectividad del territorio y
afectando a un paisaje agrícola tradicional de gran valor, que no ha sido transformado,
como indica el Ayuntamiento de Jumilla y la Asociación Naturalista de Jumilla STIPA.
Todo ello indica que los impactos sinérgicos o acumulativos han sido minusvalorados por
el promotor.
Valoración del órgano ambiental.

El proyecto consiste en la instalación de una PSFV denominada Reventones, con
una superficie de 49,87 ha, para su hibridación con el PE Reventones existente,
aprovechando sus infraestructuras para la disposición de buena parte de su línea
eléctrica de media tensión. De forma contigua a esta PSFV, se plantean las PSFV
Almendros I y Almendros II, que son evaluadas de forma independiente en sus
respectivos expedientes. La PSFV Reventones se ubica en un paisaje agrícola,
principalmente de secano, mientras que la LSMT recorre terrenos de monte con
presencia de hábitats de interés comunitario.
Del análisis derivado de la documentación presentada en el estudio de impacto
ambiental, y de lo informado por los órganos con competencia en la gestión y protección
del medioambiente, ecosistemas y biodiversidad, y otros, este órgano ambiental
considera que el proyecto produciría impactos ambientales negativos y significativos,
principalmente sobre las poblaciones faunísticas que se encuentran en el entorno. Estos
impactos se verían agravados por los efectos sinérgicos o acumulativos derivados del
desarrollo de proyectos similares existentes o planteados en la zona.
La fauna se considera el factor más perjudicado, concretamente, la comunidad de
especies de aves esteparias amenazadas, tales como el sisón común, la avutarda
común, la ganga ibérica o la ganga ortega, entre otras. Estas especies, que son

cve: BOE-A-2024-3343
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