III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-3343)
Resolución de 9 de febrero de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Módulo solar fotovoltaico de la instalación híbrida Reventones de 26,19 MWp, para su hibridación con el parque eólico existente Reventones, de 34 MW, en la provincia de Murcia".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 21 de febrero de 2024

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particularmente sensibles a la destrucción o alteración de su hábitat, están
experimentando actualmente un acusado declive poblacional a nivel estatal, ligado a los
cambios en los usos tradicionales del suelo, y resultan escasas en la Región de Murcia.
La instalación de la planta solar fotovoltaica Reventones implicaría la destrucción de
lugares clave para la ecología y reproducción de estas aves esteparias, que son
utilizados como lugares de exhibición (leks), por especies como la avutarda o el sisón,
consideradas en peligro de extinción en los catálogos autonómicos o estatales de
especies amenazas, respectivamente. Además de lo anterior, en el caso de la ganga
ibérica, el proyecto podría interferir gravemente con el proceso de recolonización
reciente que está experimentando esta especie, considerada extinta en el catálogo de la
Región de Murcia. Otras especies esteparias, como el alcaraván, que cuenta con
territorios reproductivos en el área, o multitud de paseriformes esteparios, se verían
igualmente afectados por el proyecto.
La presencia de proyectos contiguos (PSFV Almendros I y Almendros II) supondrá
efectos sinérgicos perjudiciales derivados del incremento de la superficie ocupada por
las infraestructuras, lo que implicaría el aumento de la destrucción del hábitat y las
molestias a las especies de fauna. A lo anterior, se añadirían los efectos negativos de los
parques eólicos en sus cercanías sobre la fauna local (mortalidad, efecto barrera,
desplazamiento, pérdida de hábitat adecuado, etc.). Esto podría afectar especialmente a
las aves rapaces como el águila real, que nidifica en las proximidades del proyecto y
perdería parte de su área de campeo a causa del proyecto, además de estar expuesta al
riesgo de afección de los parques eólicos.
La Subdirección General de Patrimonio Natural y Cambio Climático del Gobierno de
la Región de Murcia informa que las especies esteparias presentan una fuerte querencia
por sus lugares de reproducción, por lo que resulta imprescindible conservar los hábitats
que ocuparía el proyecto, que resultan claramente apropiados para ellas, como afirma el
propio estudio de fauna aportado por el promotor. No existe posibilidad de compensar
estos impactos ambientales críticos y significativos que produciría el proyecto.
Por otra parte, resulta necesario remarcar los considerables riesgos de una de las
medidas compensatorias propuestas por el promotor: la captura y marcaje con emisores
GPS/GSM de varios ejemplares de sisón y avutarda. Estas especies resultan
particularmente sensibles a la captura y manejo, que pueden ocasionarles mortalidad u
otros efectos indeseados. Debido al delicado estado de conservación de estas especies,
esta medida podría suponer una afección grave que se sumaría al resto de las
producidas por el proyecto, siendo más recomendable realizar estudios poblacionales de
campo, menos invasivos para la fauna.
Al margen de lo anterior, se observa, mediante ortofotos actualizadas del ámbito del
proyecto, que las infraestructuras de evacuación de la PSFV no discurrirían íntegramente
por zanjas y viales del parque eólico Reventones. En parte de su longitud, la LSMT se
dispone sobre caminos o sendas estrechos y poco definidos, por lo que su
ensanchamiento y la apertura de las zanjas requerirían la eliminación de vegetación
natural de tipo forestal perteneciente a hábitats de interés comunitario.
Por último, el proyecto se asentaría en un paisaje tradicional de agricultura de
secano, que no ha sido transformado, en contraposición a otras zonas del municipio. Los
usos tradicionales de este terreno le proporcionan valores paisajísticos, etnográficos,
naturales y culturales dignos de conservación. La implantación de la PSFV Reventones,
así como las plantas contiguas, implicaría la pérdida de los estos usos tradicionales, y
por tanto una afección al paisaje y valores de la zona.
Por lo tanto, analizados los estudios realizados, así como la información aportada por
los organismos participantes, principalmente, por el competente en materia de medio
ambiente del Gobierno de la Región de Murcia, esta Dirección General concluye que no
es posible asegurar que el proyecto, de forma individual y/o en combinación con otros
desarrollos energéticos no produzca impactos significativos sobre los valores naturales
de la zona, con especial mención la avifauna protegida y que las medidas del promotor
no son garantía suficiente de su adecuada prevención, corrección o compensación

cve: BOE-A-2024-3343
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Núm. 46