III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-3346)
Resolución de 13 de febrero de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Parques eólicos Ralea, de 138 MW, Eco, de 72 MW y Umbrío, de 114 MW, y su infraestructura de evacuación, en las provincias de Lugo y León".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 21 de febrero de 2024

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poblaciones de aves rapaces, quirópteros, insectos y otras especies de fauna presentes
en la zona, que con la presencia del resto de instalaciones proyectadas podría llegar a
ser crítico.
Los Ayuntamientos de Balboa, Vega de Valcarce Villafranca del Bierzo, Cacabelos,
Corullón emiten un informe desfavorable sobre el proyecto eólico, en el que destacan el
desconocimiento por parte del promotor de las peculiaridades de la zona y mencionan la
posible afección a Espacios Naturales protegidos comprendidos en la Red Natura 2000,
a la red hidrológica, al patrimonio cultural y al medio socioeconómico. A su vez,
consideran el estudio de sinergias insuficiente y que el proyecto no es compatible con la
normativa urbanística de aplicación. Por tanto, solicitan que se dicte Declaración de
Impacto Ambiental desfavorable para estos parques eólicos y su infraestructura de
evacuación por su incompatibilidad ambiental y urbanística.
Valoración del órgano ambiental.
El análisis de la documentación presentada por el promotor pone de manifiesto que
en el entorno del proyecto se localizan numerosos enclaves con valores ambientales
sensibles a las actuaciones previstas. Uno de los factores ambientales que puede
resultar más afectado es la fauna, y en concreto las aves rapaces y los quirópteros por la
alta densidad de especies en la zona, que, en fase de explotación, pueden sufrir
mortalidad por colisión o barotrauma asociada al funcionamiento de los aerogeneradores
y a las líneas eléctricas.
En este sentido, tanto el estudio de avifauna realizado, como los informes emitidos
por el organismo competente en biodiversidad de Castilla y León, ponen de manifiesto
que el ámbito de implantación del proyecto presenta coincidencia territorial con una
cuadrícula de halcón peregrino (Falco peregrinus), además de existir nidos cercanos de
águila real (Aquila chrysaetos). Sobre los mamíferos, se destaca la potencial afección al
oso pardo (Ursus arctos); aunque la especie está presente en la totalidad del territorio
que abarca el proyecto, concretamente el Parque Eólico Eco se ubica a menos de 2 km
del Área Crítica B-26 de su Plan de recuperación. Asimismo, la Dirección General de
Patrimonio Natural y Política Forestal de la Junta de Castilla y León ha informado que el
conjunto de las instalaciones de los tres parques eólicos, tienen efectos sinérgicos y
acumulativos sobre el paisaje, los hábitats y en especial sobre las poblaciones de aves
rapaces, quirópteros y otras especies de fauna presentes en la zona, provocando un
impacto severo que con la presencia del resto de instalaciones proyectadas podría llegar
a ser crítico.
Por otro lado, la citada Dirección General ha informado desfavorablemente sobre la
configuración original del proyecto al considerar que no puede asegurarse que las
actuaciones proyectadas para el Parque Eólico Eco, ya sea individualmente o en
combinación con otros proyectos, no causarán perjuicio a la integridad del espacio
protegido ZEC/ZEPA Sierra de los Ancares y a la ZEC Ancares-Courel, por afectar a los
valores por los que fueron declarados.
Respecto de los Parques Eólicos Umbrío y Ralea, afirma que podrían afectar
significativamente a las áreas de distribución de flora protegida y a los hábitats de interés
comunitario que la albergan, además de situarse íntegramente sobre Montes de Utilidad
Pública. Finalmente, el organismo competente en biodiversidad de Castilla y León
concluye considerando que la ejecución del proyecto conjunto supondrá una afección
significativa sobre el estado de conservación de las especies de fauna presentes en la
zona de estudio, especialmente aves rapaces y quirópteros, así como una afección
significativa sobre el paisaje, la vegetación y los HICs.
El promotor ha propuesto la modificación de las posiciones de los aerogeneradores,
con el fin de reducir la afección a los espacios comprendidos en la Red Natura 2000
limítrofes con el proyecto eólico. Concretamente las posiciones de los aerogeneradores
ECO-02, ECO-03, y ECO-07 se sitúan a menos de 250 m de distancia de estas áreas,
los aerogeneradores ECO-01, ECO-06, ECO-08 y ECO-09 entre 350 y 500 m de
distancia, y los aerogeneradores ECO-04, ECO-05 y ECO-10 se sitúan a una distancia

cve: BOE-A-2024-3346
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Núm. 46