T.C. Sección del Tribunal Constitucional. TRIBUNAL CONSTITUCIONAL. Sentencias. (BOE-A-2024-3277)
Pleno. Sentencia 11/2024, de 18 de enero de 2024. Cuestión de inconstitucionalidad 2577-2023. Planteada por la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional en relación con el artículo 3.1, apartados primero y segundo, del Real Decreto-ley 3/2016, de 2 de diciembre, por el que se adoptan medidas en el ámbito tributario dirigidas a la consolidación de las finanzas públicas y otras medidas urgentes en materia social. Límites materiales de los decretos leyes: nulidad de las modificaciones introducidas, con efectos desde el 1 de enero de 2016, en la regulación del impuesto sobre sociedades. Voto particular.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 45

Martes 20 de febrero de 2024

Sec. TC. Pág. 20438

Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera.
En dicho informe se hace constar lo siguiente:
«El proyecto de presupuestos generales del Estado para 2017 (en adelante, PGE)
prevé un incremento de los ingresos tributarios totales antes de cesión de un 7,9 por 100
respecto al cierre de 2016. Este incremento se basa, fundamentalmente, en el
dinamismo de las principales variables macroeconómicas, así como en los efectos de las
medidas normativas aprobadas en el Real Decreto-ley 3/2016 (dichas medidas están
detalladas en el recuadro 1). Los ingresos tributarios que corresponden finalmente al
Estado aumentan un 7,2 por 100, resultado de la incidencia del sistema de financiación»
(pág. 18).
El recuadro 1 al que se refiere el párrafo extractado recoge la previsión de impacto
recaudatorio de las medidas cuestionadas, en los términos siguientes (cursiva añadida):
«1)

Medidas relativas al impuesto sobre sociedades […]

a) Limitación bases imponibles negativas y de la deducción por doble imposición.
La compensación de las bases imponibles negativas se limita al 25 por 100 y 50 por 100,
según la cifra de negocios de las empresas, para periodos iniciados a partir de 1 de
enero de 2016. Cabe recordar que esta medida ya había estado en vigor hasta el
año 2015. Además, se establece un nuevo límite para la aplicación de deducciones por
doble imposición generadas o pendientes de compensar, que se cifra en el 50 por 100 de
la cuota íntegra. El Gobierno ha facilitado información sobre el impacto de esta medida,
estimado en 2220 millones de euros.
b) Reversión de las pérdidas por deterioros. Hasta 2012 eran fiscalmente
deducibles las pérdidas por deterioro de la participación en fondos propios. Desde 2013
dejan de ser fiscalmente deducibles, pero se mantenía el deterioro dotado hasta ese año
(Ley 16/2013, de 29 de octubre, por la que se establecen determinadas medidas en
materia de fiscalidad medioambiental y se adoptan otras medidas tributarias y
financieras). Con efectos desde 2016 se obliga a la reversión en un plazo de cinco años
del stock de las provisiones dotadas hasta 2012. El Gobierno cuantifica la medida
en 2000 millones de euros para 2017.» (pág. 19).

«La base imponible agregada de los principales impuestos aumentó un 4,3 por 100,
casi dos puntos más que el año anterior. Una parte significativa de esta subida se
relaciona con el impacto alcista que sobre la base del impuesto sobre sociedades
tuvieron las medidas adoptadas en el Real Decreto-ley 3/2016.» (pág. 7).
Por consiguiente, tanto el preámbulo de la norma como las previsiones recaudatorias
que la acompañaban coincidían en que las medidas cuestionadas tenían un notable
impacto recaudatorio.
B) En este sentido, cabe apreciar una estrecha conexión entre el Real Decretoley 2/2016 y el Real Decreto-ley 3/2016 ahora analizado. Así lo subraya tanto el abogado

cve: BOE-A-2024-3277
Verificable en https://www.boe.es

Como indica el citado informe, el Gobierno atribuyó a las concretas medidas
cuestionadas en el presente proceso un impacto recaudatorio adicional de 4220 millones
de euros en 2017 (de los que 2220 millones de euros correspondían al límite a la
compensación de bases imponibles negativas y a las deducciones por doble imposición
de las grandes empresas –art. 3.1, apartado primero del Real Decreto-ley 3/2016–;
y 2000 millones de euros a la reversión de las pérdidas por deterioros –art. 3.1, apartado
segundo–). Dado que el presupuesto de dicho año estimaba la recaudación del impuesto
sobre sociedades en 24 399 millones de euros (Ministerio de Hacienda y Función
Pública: «Presentación del proyecto de PGE para 2017», pág. 152), se colige que el
aumento de la recaudación que se calculó obtener gracias a las normas discutidas fue
de un 21 por 100.
Por su parte, el «Informe anual de recaudación tributaria año 2016» elaborado por la
AEAT afirma lo siguiente (cursiva añadida):