V. Anuncios. - C. Anuncios particulares. ANUNCIOS PARTICULARES. (BOE-B-2024-5773)
SOCIEDAD ESPAÑOLA DE SISTEMAS DE PAGO, S.A. (IBERPAY).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 19 de febrero de 2024

Sec. V-C. Pág. 8450

vencidos y exigibles, y son objeto de asiento en las correspondientes cuentas y
subcuentas en TARGET.
Los importes a los que hacen referencia los apartados 4 y 5 siguientes no se
incluyen en el total operacional ni en el saldo operacional de cada Participante
Directo.
2. Saldo operacional neto total integrado:
Suma algebraica de los saldos operacionales de aquellos Subsistemas y
Operaciones en los que se produce Compensación que corresponde a cada
Participante Directo, excluido el saldo operacional correspondiente a aquellos
Subsistemas cuyas Operaciones requieran de una provisión previa de fondos en
las subcuentas asociadas a las DCA RTGS.
Estos saldos tienen el carácter de líquidos y, si son negativos, de vencidos y
exigibles, y son objeto de asiento en las correspondientes DCA RTGS.
Los importes a los que hacen referencia los apartados 4 y 5 siguientes, no se
incluyen en el saldo operacional neto total integrado ni están garantizados en los
términos establecidos en el artículo 21 de este reglamento.
3. Saldo multilateral neto final:
Saldo deudor o acreedor en cada fecha de Liquidación entre un Participante
Directo y cada una de sus Entidades Representadas.
4. Operaciones con Liquidación individualizada:
Serán objeto de Liquidación individualizada, sin previa Compensación, y
asiento posterior, según corresponda, en las cuentas y subcuentas en TARGET o
en las Cuentas de Posición, las Operaciones que se intercambien en aquellos
Subsistemas que así lo tengan establecido y, en su caso, las que tienen por objeto
realizar disposiciones de fondos de las Cuentas Técnicas.
El proceso de Intercambio se realiza conjuntamente con el resto de las
Operaciones, salvo en los Subsistemas para los que así lo prevean las
correspondientes Instrucciones Operativas y las Operaciones que tienen por objeto
realizar disposiciones de fondos de las Cuentas Técnicas, que se intercambiarán
de manera separada.
Los importes resultantes de la Liquidación individualizada tienen el carácter de
líquidos y, si son negativos, de vencidos y exigibles.
5. Operaciones intercambiadas con otros sistemas de pagos:
En el caso de Operaciones intercambiadas con otros sistemas de pagos, los
importes tienen el carácter de bruto y se calculan de forma agregada o
individualizada, según corresponda de acuerdo con lo previsto en las
correspondientes Instrucciones Operativas (y, en su caso, en los correspondientes
Acuerdos de Interoperabilidad), por Participante Directo y sistema de pagos de
destino, según se trate de presentaciones del SNCE a otro sistema de pagos o a la
inversa.
Una vez se determinan en el mecanismo de Liquidación, estos importes tienen
el carácter de líquidos y, si son negativos, de vencidos y exigibles.

cve: BOE-B-2024-5773
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Núm. 44