III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-3201)
Resolución de 9 de febrero de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Zonas de almacenamiento controlado en ramblas vertientes a San Pedro del Pinatar y Pilar de la Horadada, en Pilar de la Horadada, San Javier y San Pedro del Pinatar (Alicante y Murcia)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 44

Lunes 19 de febrero de 2024

Sec. III. Pág. 19848

Inventario General de Patrimonio Cultural Valenciano de la Generalitat Valenciana,
ubicándose en un área de bajo potencial paleontológico, según la cartografía obrante en
la Dirección General de Cultura y Patrimonio de dicha Consejería.
Uno de los estribos del dique de la ZAC de Lo Romero intercepta una vía pecuaria,
concretamente la Cañada Real de La Raya (anchura legal 37,5 m), en un tramo en el
que transcurre en el límite entre ambas comunidades autónomas, y estimándose una
ocupación de 169,10 m2, según el documento ambiental. La zona inundable de la ZAC
(superficie a expropiar) interceptará la Cañada a lo largo de unos 660 m.
Características del potencial impacto.

El documento ambiental presenta carencias importantes de información ambiental y
de análisis de impactos. Por otro lado, la información proporcionada por los órganos
autonómicos competentes en medio natural y biodiversidad es insuficiente, habiendo
sido requerida la emisión de informes complementarios que no han sido recibidos. No
obstante, se exponen a continuación los potenciales impactos negativos más relevantes
detectados con la información que obra en el expediente.
El documento ambiental indica que la potencial afección sobre vegetación natural,
forestal e HIC es inexistente, dado que las superficies cartografiadas como HIC 5330
y 6220* según las fuentes consultadas (Geocatálogo de la CARM y visor GVA) se
solapan con territorios actualmente cultivados, por lo que la afección real sería bastante
inferior. No obstante, el documento ambiental no incluye un trabajo adecuado de
prospección sobre el terreno para contrastar con la cartografía, identificar los potenciales
hábitats presentes y cuantificar la afección real del proyecto sobre ellos, con una única
visita el 31 de agosto de 2022 a todas las zonas del proyecto, identificando el HIC 5330
en las inmediaciones de los diques A2, C3 y C4, sin cartografía de presencia ni
cuantificar superficie.
El Servicio de Gestión de Espacios Naturales Protegidos de la Dirección General de
Medio Natural y Evaluación Ambiental de la Generalitat Valenciana señala en su informe
una afección significativa (unos 33.000 m2) sobre un pinar maduro de pino carrasco
(con ejemplares de 12 m de altura, un tamaño extraordinario en la Sierra de Escalona) y
sotobosque bien desarrollado de coscoja, palmito y lentisco por parte del dique A2 y su
zona inundable, que se correspondería con el HIC 9540, además de unos 1.400 m2 de
afección a pinar por el dique C4 (solo en la provincia de Alicante), que no han sido
siquiera consideradas en el documento ambiental, evidenciando que la prospección
sobre el terreno ha sido insuficiente.
Para evaluar adecuadamente las afecciones sobre éstos y otros HIC potencialmente
presentes, es necesaria una adecuada prospección previa, efectuada por personal
competente en la materia, detallando una metodología de muestreo que se ajuste a la
fenología de las principales especies que componen los HIC.
El documento ambiental únicamente señala, como afección real del proyecto sobre la
vegetación natural y los HIC, la destrucción que producirá la construcción de las
estructuras de laminación, cuantificándola en 1.410,88 m2 de suelo forestal. No obstante,
debería considerarse, además, la afección producida en las áreas de inundación de cada
dique, puesto que, pese a que la inundación será temporal, también tendrá carácter
periódico, por lo que la afección a los hábitats y especies es permanente. En este
sentido, el Servicio de Gestión de Espacios Naturales Protegidos de la DG de Medio
Natural y Evaluación Ambiental de la Generalitat Valenciana informa indicando que el
dique A2 afectaría e inundaría el pinar maduro de pino carrasco, afectando de esta forma
de manera significativa a terrenos de naturaleza forestal.
El proyecto puede implicar un efecto negativo a algunas especies de fauna protegida,
algunas de ellas con categoría de amenaza en el catálogo estatal o autonómico (águila
perdicera «en peligro de extinción», murciélago patudo «vulnerable»), y otras incluidas
en el listado de especies en régimen de protección especial o catalogadas en el ámbito
autonómico «de interés especial» (búho real, águila culebrera, tejón, varios quirópteros)
y, sin embargo, el documento ambiental no analiza los efectos del proyecto sobre esas

cve: BOE-A-2024-3201
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