III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-3201)
Resolución de 9 de febrero de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Zonas de almacenamiento controlado en ramblas vertientes a San Pedro del Pinatar y Pilar de la Horadada, en Pilar de la Horadada, San Javier y San Pedro del Pinatar (Alicante y Murcia)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 19 de febrero de 2024

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Protegido Sierra de la Escalona y su entorno se crea en virtud de su gran valor para la
fauna, destacando como zona de dispersión del águila perdicera y la presencia de
especies de aves como el águila culebrera (que anida en pinares como el afectado por el
dique A2) o el búho real y mamíferos como el gato montés (Felis silvestris), el tejón
(Meles meles) o la gineta (Genetta genetta).
Respecto a los montes de utilidad pública (MUP), ni los diques ni sus áreas
inundables se sitúan sobre montes incluidos en el Catálogo de MUP de la Región de
Murcia ni en el Catálogo de Montes de Dominio Público y Utilidad Pública de la
Comunidad Valenciana.
En cuanto a la hidrología, el cauce objeto del proyecto (Cañada de las Siete
Higueras) se enmarca en un sistema de ramblas vertientes a San Pedro del Pinatar y
Pilar de la Horadada. El cauce está definido en su parte alta, pero se encuentra
completamente desnaturalizado e invadido aguas abajo de la zona donde se proyecta el
ZAC en Lo Romero, ramificándose en un conjunto de escorrentía difusa, que se mezcla
con las aguas de otras ramblas del sistema, como la rambla de San Pedro y la rambla
del Pilar. En esta zona, la presión agraria y urbana ha ocupado gran parte del área de
escorrentía, agravando los problemas de inundabilidad en los municipios costeros aguas
abajo, a los que el proyecto pretende dar solución.
Entre las Áreas de Riesgo Potencial Significativo de Inundación (ARPSIs) definidas
en el segundo ciclo del Plan de Gestión de Riesgos de Inundación (PGRI 2022-2027)
integrado en el vigente Plan Hidrológico de la Demarcación del Segura, destacan el
ARPSI fluvial-pluvial número 20 (ES070-0020), que corresponde a la cuenca «Ramblas
Costeras», cuyo subtramo 20.06 se corresponde con el ámbito de estudio del proyecto.
Por otro lado, el Plan de acción territorial sobre prevención del riesgo de inundación en la
Comunidad Valenciana (PATRICOVA) incluye las ramblas del proyecto en la categoría
«áreas de peligrosidad de inundación geomorfológica», concretamente «barrancos y
vaguadas de fondo plano».
La Cañada de las Siete Higueras no está catalogada como masa de agua superficial
en la planificación hidrológica vigente, por lo que no tiene objetivo medioambiental
asociado. No obstante, las masas de agua costeras a las que vierte se ven afectadas
indirectamente: ES0701030002 «Cabo Cervera-Límite CV» (en buen estado),
ES0701030003 «Mojón-Cabo Palos», no alcanza el buen estado global por tener estado
ecológico moderado, y ES0701030005 «Mar Menor», estado global moderado por
presentar estado ecológico moderado y no alcanzar el buen estado químico.
La totalidad del proyecto se desarrolla sobre la masa de agua subterránea 070.052.
«Campo de Cartagena», perteneciente a la unidad hidrogeológica 07.31 «Campo de
Cartagena». Esta masa de agua contiene varios acuíferos relacionados hidráulicamente
(cuaternario, plioceno, andaluciense, tortoniense). Según el Plan Hidrológico de la
Demarcación del Segura, en el segundo ciclo de planificación (2015-2021) la masa de
agua presenta un estado global malo por problemas de contaminación química (nitratos
de actividades agrarias) y sobreexplotación. El mismo estado persiste para el tercer ciclo
de planificación (2021-2027), cuyos objetivos medioambientales para 2027 son alcanzar
el buen estado cuantitativo en 2027 y el buen estado químico en 2039 (objetivo parcial
por nitratos en 2027).
Respecto al patrimonio cultural, el Servicio de Patrimonio Histórico de la Dirección
General de Patrimonio Cultural de la Región de Murcia informa que en el área de
implantación directa del proyecto no hay registrados bienes de interés arqueológico,
paleontológico, etnográfico o histórico, aunque sí existen algunos yacimientos y otros
elementos de interés etnográfico que podrían verse afectados por las obras, y, en
cualquier caso, el área en concreto no ha sido objeto de una prospección sistemática
que permita descartar su presencia. El documento ambiental indica que el yacimiento
más próximo se sitúa a 800-900 m al suroeste de los diques C5-A2, tratándose de un
yacimiento arqueológico histórico denominado Monte Vereda, que no está catalogado.
Por su parte, el Servicio de Patrimonio Cultural de la Consejería de Cultura y Deporte
de la Generalitat Valenciana informa que la obra no afecta a bienes registrados en el

cve: BOE-A-2024-3201
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