II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Personal laboral. (BOE-A-2024-3111)
Resolución de 9 de febrero de 2024, del Consorcio Casa África, por la que se convoca proceso selectivo para la provisión de plaza de Secretario/a.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 44

Lunes 19 de febrero de 2024

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consorcio la relación provisional de admitidos y excluidos y se otorgará un plazo de diez
días para subsanaciones. Las subsanaciones se deberán realizar por medios
electrónicos, en la forma establecida en el apartado sexto de las presentes bases.
Finalizado dicho plazo, se publicará en la página web de Casa África la relación
definitiva de admitidos y excluidos.
Octavo. Proceso selectivo.
El proceso se regirá por el sistema de concurso.
Se considerarán los siguientes méritos:
1.

Méritos profesionales: Se valorarán con un máximo de 50 puntos.

Dentro de este apartado se tendrá en cuenta la experiencia acreditada, en los
cuerpos de Administrativo o Auxiliar Administrativo, o categorías laborales equiparables,
de cualquiera de las Administraciones consorciadas, con la siguiente valoración:
a) 0,5 puntos por cada mes completo de experiencia acreditada en el cuerpo
Administrativo o categoría laboral equiparable de cualquiera de las Administraciones
consorciadas, no pudiendo valorarse periodos coincidentes.
b) 0,25 puntos por cada mes completo de experiencia acreditada en el cuerpo
Auxiliar Administrativo o categoría laboral equiparable de cualquiera de las
Administraciones consorciadas, no pudiendo valorarse periodos coincidentes.
La acreditación de los méritos profesionales se realizará mediante la aportación de
certificación de servicios prestados emitida por el Servicio de Personal de la
Administración correspondiente, en la que figuren los puestos ocupados, duración y
funciones desempeñadas, acompañada de vida laboral.
En caso de discrepancia entre la vida laboral y la certificación de servicios prestados,
prevalecerá el contenido de la certificación.
2.

Méritos académicos: Se valorarán con un máximo de 30 puntos.

Dentro de este apartado se tendrán en cuenta los méritos siguientes:







8 puntos por cada uno de los idiomas acreditados con nivel C2.
6 puntos por cada uno de los idiomas acreditados con nivel C1.
4 puntos por cada uno de los idiomas acreditados con nivel B2.
2 puntos por cada uno de los idiomas acreditados con nivel B1 (excepto inglés).
1 punto por cada uno de los idiomas acreditados con nivel A2 (excepto inglés).

La acreditación del conocimiento de idiomas se realizará mediante certificación en la
que figure el nivel obtenido entre los correspondientes al marco europeo común europeo
de referencia para las lenguas.

cve: BOE-A-2024-3111
Verificable en https://www.boe.es

a) Cursos de formación con aprovechamiento, excluidos los relativos a idiomas,
realizados en el Instituto Nacional de Administración Pública (INAP), Instituto Canario de
Administración Pública (ICAP) y otros centros oficiales de formación de personal de las
Administraciones públicas: 0,02 puntos por cada hora de formación, hasta un máximo
de 15 puntos.
La acreditación de los cursos de formación se realizará mediante aportación de
certificación del centro oficial correspondiente en el que figure título del curso,
identificación del alumno, fecha de realización, número de horas, y la mención de
haberlo realizado con aprovechamiento.
b) Conocimiento de los idiomas inglés (superior al nivel B1, por tratarse de un
requisito), francés, portugués o lenguas africanas más comunes, con el nivel
especificado a continuación, hasta un máximo de 15 puntos: