II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Personal laboral. (BOE-A-2024-3111)
Resolución de 9 de febrero de 2024, del Consorcio Casa África, por la que se convoca proceso selectivo para la provisión de plaza de Secretario/a.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 44

Lunes 19 de febrero de 2024

Sec. II.B. Pág. 19500

En el apartado «Extracto del documento», habrá de escribirse una descripción del
documento que, en cada caso, pretenda adjuntarse a la solicitud.
Una vez cumplimentada toda la información, seleccionando la opción «siguiente», el
sistema mostrará un resumen de la solicitud que, de ajustarse a lo indicado en los
párrafos anteriores, deberá ser firmada por la persona interesada para su registro y
remisión telemática a Casa África.
La modificación de la solicitud, dentro del plazo previsto para la presentación, deberá
llevarse a cabo por la misma vía que la solicitud inicial, indicando en el apartado
«Asunto» que se trata de una modificación.
La subsanación, en su caso, de la solicitud, durante el plazo otorgado a estos
efectos, deberá llevarse a cabo por la misma vía que la solicitud inicial, indicando en el
apartado «Asunto» que se trata de una subsanación.
Asimismo, cualquier impugnación de las actuaciones relativas al proceso selectivo se
realizará, por medios electrónicos, indicando en el apartado «Asunto» que se trata de
una impugnación.
Si una incidencia técnica debidamente acreditada imposibilitara el funcionamiento
ordinario de los sistemas, el órgano convocante podrá acordar la ampliación del plazo de
presentación de solicitudes o la cumplimentación y presentación sustitutoria.
El tratamiento de la información se ajustará a lo establecido en la Ley
Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de
los derechos digitales, y en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que
respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el
que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos), así
como la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas y la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público y demás disposiciones que resulten de aplicación.
Los datos personales recogidos en la solicitud de admisión serán tratados con la
finalidad de la gestión del proceso selectivo y las comunicaciones necesarias para ello y
del análisis y estudio de los datos relativos al mismo.
El nombre, apellidos y número del documento de identidad se publicarán respetando
la anonimización exigida en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, Protección de
Datos Personales y garantía de los derechos digitales. Casa África tomará medidas para
que esa información no sea indexada por los buscadores de internet.
Casa África será responsable del tratamiento de esos datos y publica su política de
protección de datos en política de privacidad.
Los derechos de protección de datos de los solicitantes se podrán ejercer
dirigiéndose al responsable del tratamiento por vía electrónica a través de la web de
Casa África o presencialmente a través de la red de oficinas de asistencia en materia de
registros.
En caso de incumplimiento del responsable del tratamiento, los interesados podrán
reclamar ante la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), www.aepd.es.
Para cualquier aclaración sobre el proceso selectivo o incidencia técnica en la
inscripción los candidatos se pueden al correo electrónico gerencia@casafrica.es.
Séptimo.

Lista de admitidos y excluidos.

Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes y comprobado el cumplimiento
por parte de los aspirantes de los requisitos generales, se publicará en la página web del

cve: BOE-A-2024-3111
Verificable en https://www.boe.es

b) Documentación acreditativa de estar en posesión de los requisitos exigidos para
ser admitido como participante del proceso selectivo.
c) Documentación acreditativa de los méritos que se aleguen en la solicitud para su
consideración por la comisión de selección.
d) Acreditación, en su caso, de la condición de persona con un grado de minusvalía
igual o superior al 33 %.