I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CASTILLA-LA MANCHA. Presupuestos. (BOE-A-2024-3028)
Ley 11/2023, de 21 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 17 de febrero de 2024

Sec. I. Pág. 19211

b) La creación o participación en los consorcios conforme establece el artículo 6 del
citado texto refundido, así como en aquellos otros en los que se participe en forma
distinta a la indicada en dicho precepto.
c) La creación o participación por parte de la Administración de la Junta de
Comunidades, de sus organismos autónomos y entidades del sector público regional en
asociaciones de conformidad con el artículo 2.6 de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de
marzo, reguladora del Derecho de Asociación.
2. Los expedientes que se remitan al Consejo de Gobierno deberán incluir la
siguiente documentación:
a) Cuando se trate de la participación en fundaciones y consorcios ya existentes,
una memoria en la que se justifiquen los motivos por los que se considera que existirá
una mejor consecución de los objetivos de interés general a través de la participación en
dichos sujetos, y se especifiquen, en su caso, los compromisos financieros a asumir y su
fuente de financiación.
b) Cuando se trate de la creación de nuevas fundaciones y consorcios, un
programa inicial de actuación conforme a lo dispuesto en la disposición adicional
primera, apartado 3 de la Ley 13/2010, de 9 de diciembre, de Reordenación del Sector
Público de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
c) Cuando se trate de la creación o participación en asociaciones, una memoria en
la que se justifiquen los motivos por los que los fines de la asociación en cuestión
contribuyen a fomentar y apoyar actividades de interés general en el ámbito de las
competencias autonómicas, y se especifiquen, en su caso, los compromisos financieros
a asumir y su fuente de financiación.
Artículo 33. Información de la ejecución presupuestaria.
1. En cumplimiento de las exigencias derivadas del principio de transparencia, el
estado de ejecución de los Presupuestos de la Junta de Comunidades de Castilla-La
Mancha se publicará en el Portal de Transparencia, de acuerdo a lo dispuesto en la
legislación estatal y autonómica vigente en materia de transparencia y buen gobierno.
2. La obligación de remisión de la información sobre la ejecución presupuestaria a
las Cortes de Castilla-La Mancha, prevista en el artículo 57 del texto refundido de la Ley
de Hacienda, se entenderá cumplida con la publicación del estado de ejecución del
presupuesto, actualizado mensualmente, en el Portal de Transparencia, de acuerdo con
lo establecido en la legislación vigente en materia de transparencia y buen gobierno.
CAPÍTULO IV
Liquidación de los presupuestos
Artículo 34. Liquidación presupuestaria.
El presupuesto se liquidará, en cuanto a la recaudación de ingresos y al pago de las
obligaciones reconocidas, a 31 de diciembre del presente ejercicio.

cve: BOE-A-2024-3028
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Núm. 42