III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2024-3005)
Resolución de 5 de febrero de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el III Convenio colectivo de Otis Mobility, SA.
40 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 41

Viernes 16 de febrero de 2024

Sec. III. Pág. 18882

En el caso de que este tipo de reunión extraordinaria sea solicitada por el Comité de
Empresa y/o Delegados/as de Personal, las horas empleadas serán con cargo al crédito
de horas sindicales.
Reunión trimestral: tanto en el caso de reuniones ordinarias como extraordinarias
deberá ponerse en conocimiento previo del Director/a de Zona, incluyendo el orden del
día, siendo abonados los gastos de desplazamiento correspondientes. Igualmente el
Director/a de Zona deberá presentar el orden del día previo en aquellas reuniones que
convoque.
Reunión preparatoria: Los Comités de Empresa y Delegados/as de Personal que
integren cada Dirección de Zona se podrán reunir con carácter previo y a modo de
preparación de dichas reuniones trimestrales. La duración de estas reuniones de
preparación será de una jornada laboral. En ningún caso, podrá ser superior a un día,
eximiendo a la Empresa de abonar los gastos de desplazamiento y el pago de las dietas
para estas reuniones. Las horas mencionadas no computarán respecto de su crédito
horario.
Artículo 44.

No discriminación.

Ninguna persona trabajadora podrá ser discriminada por razones de afiliación
sindical, política, religiosa, de raza, sexo, edad, estado civil, lengua y nacionalidad. o por
cualquier otra condición o circunstancia personal o social.
Artículo 45.

Asambleas.

Las personas trabajadoras tendrán derecho a celebrar asambleas en locales
adecuados y posibles que la Empresa designe, fuera de la jornada, previa comunicación
a la Empresa del orden del día, al menos, con veinticuatro horas de antelación, salvo en
caso de urgencia justificada. La responsabilidad de la buena marcha de la asamblea
corresponde a los/las convocantes.
Artículo 46.

Cuota sindical.

A petición expresa de la persona trabajadora afiliada a Centrales Sindicales
legalmente constituidas, y mientras no medie orden del mismo en contrario, la Empresa
descontará de la nómina mensual el importe de la cuota sindical correspondiente.
La Empresa facilitará mensualmente al Delegado/a Sindical la correspondiente
relación nominal e importe de las cuotas transferidas.
También a petición expresa de la persona trabajadora y mientras no medie orden de
la misma en contrario, la Empresa descontará en la nómina mensual los importes
correspondientes a las cuotas voluntarias para la Caja de Compensación y transferirá
estos importes a las cuentas corrientes de los Comités de Empresa o Delegados/as de
Personal de cada Dirección de Zona que haya señalado el interesado.
CAPÍTULO XI

Artículo 47. Comisión Mixta de Vigilancia e Interpretación del convenio.
El Pleno de la Mesa Negociadora del convenio asumirá la función de Comisión Mixta
de Vigilancia e Interpretación del convenio.
Cuantas dudas y divergencias puedan surgir entre las partes respecto a la
interpretación o aplicación de sus cláusulas serán sometidas al dictamen obligatorio de
dicha Comisión. No obstante, seis de los miembros de la Parte Social y los miembros
que la Dirección de la Empresa designe en un número no superior a seis, se constituirán
en Comités de Trabajo a estos efectos. Estos Comités en número de dos, así como el

cve: BOE-A-2024-3005
Verificable en https://www.boe.es

Comisión Mixta de Vigilancia e Interpretación del convenio y Comisión
Coordinadora