III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Comunidad Autónoma de Andalucía. Convenio. (BOE-A-2024-2822)
Resolución 420/38040/2024, de 9 de febrero, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre la Universidad de Sevilla y el Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial "Esteban Terradas", para la realización de prácticas académicas externas, el trabajo de fin de grado/máster y actividades de investigación en el ámbito de los estudios de doctorado.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 39

Miércoles 14 de febrero de 2024

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del centro de la US donde esté matriculado el estudiante, el informe de aprovechamiento
de las prácticas a su finalización, en el que constará, el tiempo de prácticas realizado,
horas totales y su contenido.
c) En el caso de las estancias para el desarrollo del TFG/TFM/actividades de
investigación en el ámbito de los estudios de doctorado, el estudiante deberá contar con
un responsable o tutor en el INTA que actuará de forma colegiada con su tutor en la
universidad, siempre con la aprobación de la comisión del grado o de la coordinación del
máster correspondiente o de la comisión académica del programa de doctorado
correspondiente, en el caso de las actividades de investigación en el ámbito de los
estudios de doctorado y de acuerdo a la normativa general del TFG/TFM/doctorado y a
la normativa específica aprobada para su titulación. Asimismo se encargará de emitir un
informe razonado que dará por finalizado el TFG/TFM/ las actividades de investigación
en el ámbito de los estudios de doctorado y que remitirá a la comisión correspondiente.
d) Poner a disposición de los estudiantes los medios materiales y servicios
disponibles que permitan garantizar el desarrollo de las actividades formativas
planificadas, observando los criterios de accesibilidad universal y diseño para todos,
según lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que
se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con
discapacidad y de su inclusión social.
e) Observar y hacer observar las medidas de Seguridad e Higiene establecidas en
el centro de trabajo asignado, e informar, formar y hacer cumplir y respetar al alumnado
dichas medidas.
Cuarta.

Protección de datos y transparencia.

Información a los firmantes.
Los datos de contacto de los firmantes del presente convenio y del resto de personas
de contacto que puedan intervenir, serán tratados en base a la ejecución del convenio,
así como en base al cumplimiento de una obligación legal y de una misión de interés
público, con la finalidad de gestionar el mantenimiento, cumplimiento, desarrollo, control
y ejecución de lo dispuesto en el presente convenio. Asimismo, las partes firmantes,
como interesados, podrán ejercitar, en cualquier momento, sus derechos de acceso,
rectificación, supresión, oposición, limitación del tratamiento, portabilidad y a no ser
objeto de decisiones automatizadas, dirigiéndose a dpd@mde.es y/o a dpd@us.es
indicando como referencia en el asunto «Protección de Datos» y acompañado de copia
de su documento nacional de identidad. En su caso, el interesado también podrá
plantear una reclamación ante la autoridad de control competente. Tales datos se
tratarán mientras se mantenga en vigor el presente convenio entre las partes y,
posteriormente, se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad
para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se
pudieran derivar de dicha finalidad.

Todos los afectados por el presente convenio y anexos, devendrán obligados por las
disposiciones y exigencias establecidas en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas
físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de
estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de
protección de datos), y en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de
Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales.
En relación con el tratamiento de los datos de carácter personal, ambas entidades en
el desarrollo de sus correspondientes actividades derivadas del presente convenio que
son, cada una de ellas, responsables independientes del tratamiento de datos que
realicen, se comprometen a cumplir lo establecido en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de

cve: BOE-A-2024-2822
Verificable en https://www.boe.es

Protección de datos.