I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE GALICIA. Calidad alimentaria. (BOE-A-2024-2778)
Ley 1/2024, de 11 de enero, de la calidad alimentaria de Galicia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 14 de febrero de 2024

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ley, sus disposiciones de desarrollo y cuantas condiciones particulares e instrucciones se
impongan en el acto de delegación.
6. El organismo delegado de control comunicará a la autoridad competente con
regularidad, y también siempre que esta última lo solicite, los resultados de los controles
llevados a cabo. Si los controles revelan un incumplimiento o hacen sospechar de un
incumplimiento que pueda afectar gravemente a la figura de protección de la calidad
diferenciada, el organismo delegado de control informará enseguida a la autoridad
competente, con arreglo a lo indicado en el artículo 85.5 de la presente ley.
7. En los supuestos de los consejos reguladores en que se hayan delegado
funciones de control oficial, los informes derivados de incumplimientos de la normativa
específica de la figura de protección de la calidad diferenciada de que se trate por parte
de alguna persona operadora podrán tener la consideración de solicitud de iniciación de
un procedimiento sancionador a petición razonada de otro órgano, de acuerdo con lo
previsto en el artículo 58 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
8. Además de lo previsto en el apartado anterior, los hechos constatados por el
personal acreditado de los consejos reguladores relativos al incumplimiento de la
normativa específica de la figura de protección de la calidad diferenciada de que se trate
por parte de alguna persona operadora tendrán presunción de certeza y constituirán
prueba documental pública a efectos de su valoración en el procedimiento sancionador,
sin perjuicio de las pruebas que pueda señalar o aportar la persona interesada en
defensa de sus derechos o intereses.
Por orden de la persona titular de la consejería competente en función de la
naturaleza del producto de que se trate, se regulará la acreditación del personal
encargado del citado control oficial.
9. Los organismos delegados de control estarán sometidos a la supervisión de la
consejería competente en razón de la naturaleza del producto.
En el caso de que se detecte un incumplimiento de los requisitos que dieron lugar a
la delegación o de las obligaciones derivadas de esta, o en el de cualquier otro supuesto
que ponga en grave riesgo el ejercicio de las tareas de control delegadas, se aplicará lo
dispuesto en el artículo 59.
10. La resolución de delegación y la de revocación, en su caso, se publicarán en el
«Diario Oficial de Galicia».
Artículo 82. Obligaciones de las entidades de control y certificación.
1. Las entidades de control y certificación tienen la obligación de estar inscritas en
el Registro de entidades de control y certificación de productos alimenticios de Galicia a
que se refiere el artículo 86 de la presente ley.
2. Si una entidad de control y certificación propone la suspensión o la cancelación
de la certificación de una persona operadora, les debe comunicar esta circunstancia a la
consejería competente en razón de la naturaleza del producto y, de existir, al órgano de
gestión de la figura de protección de la calidad diferenciada correspondiente, en el plazo
de tiempo más breve posible y, en todo caso, sin superar el de cinco días hábiles.
3. Las entidades de control y certificación deben conservar y poner a disposición de
la consejería competente en razón de la naturaleza del producto los datos y los
expedientes de las actuaciones de los últimos cinco años.
Artículo 83. Manual de calidad y procedimientos de control.
1. Los controles oficiales que realice la Agencia Gallega de la Calidad Alimentaria
directamente sobre las personas operadoras y los que realicen por delegación los
consejos reguladores u otros organismos con delegación de tareas de control oficial se
llevarán a cabo con arreglo a procedimientos documentados integrados en sus sistemas
de calidad.
2. El manual de calidad es el documento principal del sistema de calidad en el cual
se refleja la política de calidad y objetivos generales, así como las formas de actuación

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