I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE GALICIA. Calidad alimentaria. (BOE-A-2024-2778)
Ley 1/2024, de 11 de enero, de la calidad alimentaria de Galicia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 14 de febrero de 2024

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función que se delegó en los consejos reguladores de mayor dimensión económica y
que, por tanto, tienen una estructura organizativa mínima que hace viable dicha
delegación. Sin embargo, la norma internacional a que ha de ajustarse el funcionamiento
de los organismos de certificación de productos también ha cambiado desde la
aprobación de la Ley 2/2005, por lo que hoy los consejos reguladores en que se delegó
la tarea de certificar los productos amparados deben adecuar su funcionamiento a la
norma UNE-EN-ISO/IEC 17065:2012 para poder contar con la acreditación de la Entidad
Nacional de Acreditación (Enac).
La creación en el año 2018 de la Agencia Gallega de la Calidad Alimentaria supone
una importante apuesta de la Xunta de Galicia por el fortalecimiento de la calidad
alimentaria diferenciada gallega y por el apoyo a la profesionalización de los consejos
reguladores, no solo por la vía de las ayudas públicas a su funcionamiento y a sus
actividades de promoción y de control y certificación de la producción, sino también
mediante el acompañamiento en su gestión ordinaria. El objetivo final es el impulso del
conjunto de la calidad alimentaria diferenciada gallega como una actividad que dé
rentabilidad a los diferentes eslabones de las respectivas cadenas de valor, buscando el
desarrollo de una actividad en el territorio que sea económica, social y
medioambientalmente sostenible.
Sin perjuicio de esta labor de actualización legislativa, son objeto de la presente ley
el impulso de la calidad diferenciada en la Comunidad Autónoma de Galicia y el
establecimiento de las bases para el control oficial del cumplimiento de los requisitos
establecidos para la comercialización de los productos alimenticios y la persecución del
fraude alimentario.
La producción agroalimentaria en Galicia mantiene el prestigio que históricamente
hace que sea reconocida en el resto del Estado español por su calidad, asociándose a
producciones sostenibles muy vinculadas al territorio y con capacidad para fijar población
en el rural, gracias al mantenimiento y la creación de puestos de trabajo. La lucha contra
las prácticas desleales en la producción y comercialización de alimentos debe ser un
objetivo prioritario. Esta labor de control, basada en el Reglamento (UE) 2017/625 del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de marzo de 2017, sobre los controles
oficiales efectuados para garantizar la aplicación de la legislación en materia de
alimentos y piensos, constituye un elemento indispensable para garantizar la lealtad de
las transacciones comerciales y la seguridad jurídica de las diferentes personas
operadoras y para no defraudar las expectativas de las personas consumidoras. De igual
manera, el citado reglamento, en su artículo 139, prevé que los estados miembros
establecerán normas sobre las sanciones aplicables a las infracciones de la legislación
en materia de alimentos y que tomarán todas las medidas necesarias para garantizar su
aplicación. Indica, además, que las sanciones establecidas deberán ser eficaces,
proporcionadas y disuasorias.
Por otra parte, la presente ley impulsa la calidad diferenciada en la Comunidad
Autónoma de Galicia, mejorando, integrando y desarrollando su regulación y reforzando
la puesta en valor de los productos de calidad a través del apoyo a las denominaciones
de origen protegidas, a las indicaciones geográficas protegidas y a otras figuras de
protección, para que los productos gallegos alcancen una nueva dimensión en el
mercado, más competitiva y atractiva para la ciudadanía. Se pretende así favorecer
también el desarrollo local, la creación de empleo y la diversidad productiva y
proporcionar a las personas consumidoras todas las garantías de que el producto que se
ofrece ha pasado rigurosos controles de calidad y ha estado sometido a un especial
cuidado en el proceso de producción y comercialización.
Con relación al impulso a las producciones de calidad diferenciada a que nos
estamos refiriendo, esta ley también regula los consejos reguladores, entidades que se
constituyen como corporaciones de derecho público para gestionar las figuras de
protección de la calidad de aquellos sectores y productos de calidad diferenciada que
tienen una mayor capacidad autoorganizativa. Estas figuras de protección de la calidad
diferenciada pueden coexistir con otras marcas de calidad, de titularidad pública o

cve: BOE-A-2024-2778
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Núm. 39