I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE GALICIA. Medidas fiscales y administrativas. (BOE-A-2024-2777)
Ley 10/2023, de 28 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 39

Miércoles 14 de febrero de 2024

Sec. I. Pág. 17511

8. Tras su aprobación, los planes directores de los sectores industriales
serán publicados en el Portal de transparencia y gobierno abierto de la Xunta de
Galicia.
Artículo 66.
Modificación parcial de los planes directores de los sectores
industriales de Galicia.
1. En caso de que, durante la vigencia del plan director de un sector
industrial, surjan circunstancias imprevisibles y que tengan un especial impacto en
el sector industrial de que se trate o los análisis de seguimiento e impacto del plan
sectorial así lo aconsejen, el Consejo de la Xunta de Galicia, a propuesta de la
persona titular de la consejería competente en materia de industria y de las
personas titulares de las consejerías que correspondan en los casos de los
sectores industriales que afecten a competencias de varias consejerías de la
Xunta de Galicia, podrá aprobar la modificación parcial de aquel, con arreglo al
mismo procedimiento descrito para su aprobación.
2. Sin perjuicio de lo anterior, no se considerará una modificación del plan
director del sector industrial una simple actualización de datos que no varíe las
estrategias generales, los indicadores o los objetivos incluidos en el plan original.
En este caso, la actualización podrá ser aprobada por resolución de la persona
titular de la consejería con competencias en industria, o por resolución conjunta de
las personas titulares de las consejerías en el caso de competencias concurrentes,
tras el cual se dará traslado de una copia de la actualización al resto de entidades
que participaron en la elaboración del plan director originario.
Sección 2.ª
Artículo 67.

El Plan autonómico de impulso y aceleración de proyectos
industriales

Definición.

Artículo 68.
Proyectos industriales incluidos dentro del Plan autonómico de
impulso y aceleración de proyectos industriales.
En el Plan de impulso y aceleración de proyectos industriales se incluirán los
siguientes proyectos industriales:
a) Los proyectos industriales estratégicos, una vez que sean declarados
como tales, de acuerdo con lo previsto en el capítulo III del título III. En este caso

cve: BOE-A-2024-2777
Verificable en https://www.boe.es

1. El Plan autonómico de impulso y aceleración de proyectos industriales es
un instrumento que se integra en la estrategia de la política industrial dirigido a
impulsar y facilitar la implantación y ampliación de determinados proyectos
industriales en la Comunidad Autónoma de Galicia y reducir sus plazos, teniendo
en cuenta su relevancia y su interés en el marco de la indicada política industrial.
2. El Plan autonómico de impulso y aceleración de proyectos industriales se
basa en las competencias de fomento de la actividad económica e industrial de
Galicia y de estímulo de la ampliación de actividades productivas e implantación
de nuevas empresas.
3. Entre las medidas que se recogen en este plan se incluye el
acompañamiento y asesoramiento a las personas promotoras de las inversiones
durante las tramitaciones administrativas que sea necesario realizar ante la
Administración general de la Comunidad Autónoma y otras administraciones
públicas, con el objetivo de contribuir a que los proyectos industriales incluidos en
el plan puedan ser ejecutados en el menor tiempo posible, siempre que cumplan
los requisitos establecidos en el ordenamiento jurídico.