III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Comunidad Autónoma de Andalucía. Convenio. (BOE-A-2024-2731)
Resolución 420/38042/2024, de 9 de febrero, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre el Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial "Esteban Terradas" y la Universidad de Cádiz, para la realización de prácticas académicas externas, trabajos de fin de grado y máster o estancias de doctorado.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 38

Martes 13 de febrero de 2024

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del período de prueba, salvo que en el oportuno convenio colectivo aplicable estuviera
expresamente estipulado algo distinto.
En el ámbito de las Administraciones Públicas, Entidades de Derecho Público y
demás Organismos Públicos, la realización en los mismos de las prácticas académicas
externas no podrá tener la consideración de mérito para el acceso a la función pública, ni
será computada a efectos de antigüedad o reconocimiento de servicios previos.
8.

Derechos y obligaciones del estudiantado.

Durante la realización de las prácticas académicas externas, serán de aplicación los
derechos y obligaciones que establece el artículo 9 del Real Decreto 592/2014, de 11 de
julio, que regula las prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios, así
como los establecidos en las directrices de prácticas externas de la UCA.
9.

Medidas de salvaguardia de la seguridad y condiciones de acceso.

El personal participante de la UCA que acceda a las instalaciones del INTA con
motivo del desarrollo de las actividades previstas en este convenio, no podrá introducir,
ni exhibir en dichos recintos, símbolos, distintivos, lemas impresos, etc. que, por su
contenido, o por las circunstancias en las que se muestren o usen, puedan menoscabar
el principio de neutralidad institucional o vulnerar las normas de seguridad. En caso de
incumplimiento de esta condición de acceso y permanencia, corresponderá al INTA
comunicar ese incumplimiento a la UCA y, en consecuencia, esta última será la
responsable de interrumpir las prácticas al alumno que ha infringido las normas.
Tercera. Obligaciones de la Universidad de Cádiz.
Las obligaciones de la UCA serán las siguientes:
a) Elaborar un anexo a este convenio para cada estudiante en prácticas donde se
consigne la siguiente información: datos personales, titulación, tipo de práctica (curricular
o extracurricular), fecha de incorporación y finalización de la práctica/TFG/TFM, entidad
donde se realizará la práctica, el calendario y el horario, así como el nombre las
personas responsables de la tutela académica y profesional. Además, el anexo deberá
incorporar el proyecto formativo en el que se harán constar los objetivos educativos y las
competencias que se deben adquirir, así como las actividades formativas que se
desarrollarán.
b) Supervisar las prácticas externas, estableciendo los mecanismos adecuados
para su seguimiento y evaluación, designando una persona que ejercerá la tutela
académica que velará por el normal desarrollo del proyecto formativo, colaborará con la
tutora o tutor del INTA en todos aquellos aspectos que afecten al mismo, así como
aquellas funciones que reglamentariamente se establezcan.
Cuarta. Obligaciones del Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial «Esteban
Terradas».

a) Facilitar que el estudiantado pueda realizar sus exámenes y el resto de actividad
académica, formativa y de representación y participación, que será comunicada con
suficiente antelación.
b) Nombrar a una tutora o tutor que se responsabilizará de la formación de cada
estudiante y de la valoración de su estancia, facilitando a los responsables de la UCA
donde esté matriculado cada estudiante, el informe de aprovechamiento de las prácticas
a su finalización en el que, con carácter general, constará el tiempo de prácticas
realizado, las horas totales, su contenido, el grado de aprovechamiento y participación,
su rendimiento y las competencias adquiridas. Asimismo, deberá informar de las
modificaciones y de cualquier incidencia que pueda producirse durante las prácticas.

cve: BOE-A-2024-2731
Verificable en https://www.boe.es

Las obligaciones del INTA serán las siguientes: