III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE. Marina mercante. Títulos profesionales. (BOE-A-2024-2741)
Resolución de 26 de enero de 2024, de la Dirección General de la Marina Mercante, por la que se establece el proceso de solicitud, el temario y la fecha de la convocatoria del examen para la obtención del certificado nacional de patrón profesional de embarcaciones de recreo para el año 2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 38

Martes 13 de febrero de 2024

Sec. III. Pág. 17025

electrónica del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, en el
enlace:
https://sede.mitma.gob.es/SEDE_ELECTRONICA/LANG_CASTELLANO/
OFICINAS_SECTORIALES/MARINA_MERCANTE/SERVICIOS_ESPECIALES/
MATRICULACION_EXPRES/default.htm
4. Para beneficiarse de este sistema no es necesario disponer de DNI electrónico o
certificado digital, permitiendo a los interesados la inscripción en la convocatoria del
examen sin tener que desplazarse a ningún registro de la Administración General del
Estado.
Tercero. No presentación a examen.
La no presentación a examen, salvo por enfermedad debidamente justificada y en el
plazo máximo de tres días hábiles con posterioridad al examen, no dará lugar a cambio
de matrícula para una próxima convocatoria. Solamente se podrán realizar cambios de
matrícula, en las circunstancias anteriores de la primera convocatoria, a la segunda del
mismo año.
Cuarto.

Fin de plazo de admisión de solicitudes y lista definitiva de admitidos.

1. Una vez finalizado el plazo de inscripción para presentarse a las pruebas de
conocimiento, se hará pública la lista provisional de admitidos en la página web del
Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible (http://www.mitma.gob.es), pudiendo en
el plazo de diez días, subsanar las deficiencias los candidatos que hayan resultado
excluidos, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 68.1 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE
núm. 236, de 2 de octubre de 2015).
2. Las listas definitivas de admitidos se publicarán en la página web del Ministerio
de Transportes y Movilidad Sostenible (http://www.mitma.gob.es), junto con el lugar,
fecha y hora señalada para la realización de las pruebas.
Quinto. Realización de la prueba de conocimiento y resultado de los exámenes.
1. Las pruebas se realizarán en Madrid, en las fechas y lugares que designe cada
año la Dirección General de la Marina Mercante por resolución. La fecha y lugar de las
convocatorias del año en curso figuran en el anexo III de esta resolución.
2. Finalizados los exámenes se publicarán en la web del Ministerio de Transportes
y Movilidad Sostenible (http://www.mitma.gob.es) las listas provisionales de
calificaciones, que se elevarán a definitivas una vez finalizado el plazo de reclamaciones.
Reclamaciones.

Los candidatos dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del día
siguiente a la publicación de las listas de calificaciones provisionales, para presentar por
escrito las reclamaciones que consideren oportunas. Las reclamaciones serán dirigidas
al Secretario del Tribunal, con indicación de los datos personales, domicilio y código
postal de la localidad, al objeto de dar la oportuna contestación por escrito. Serán
desestimadas de oficio las reclamaciones en las que falte alguno de los requisitos
señalados anteriormente o aquellas en las que no haya una exposición de motivos de la
reclamación.
Séptimo.

Expedición del certificado nacional.

Una vez superada la prueba de conocimiento se podrá solicitar la expedición del
certificado nacional, debiéndose cumplir los requisitos determinados en el artículo 93 del
Real Decreto 269/2022, de 12 de abril, por el que se regulan los títulos profesionales y
de competencia de la Marina Mercante.

cve: BOE-A-2024-2741
Verificable en https://www.boe.es

Sexto.